Considerando:

Que el artículo 87 de la Ley General de Educación (ley 115 de 1994) prescribe que todos los establecimientos educativos deben tener un Manual de Convivencia que responda a las condiciones, necesidades y requerimientos de la comunidad educativa de la institución;

Que el artículo 201 de la Ley General de Educación prevé que el Manual de Convivencia hace parte integrante del contrato de matrícula que se suscribe para formalizar la vinculación del estudiante al Colegio. Por consiguiente, que al firmar el contrato de matrícula los padres (o tutores) y los educandos aceptan íntegramente el contenido del Manual de Convivencia del Gimnasio Campestre;

Que el artículo 17 del decreto 1860 de 1994 (por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales) determina claramente todos los aspectos y asuntos que debe contener el Manual de Convivencia;

Que la jurisprudencia de la honorable Corte Constitucional ha reconocido la importancia del Manual de Convivencia de los establecimientos educativos como norma vinculante y de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la comunidad educativa;

Que en el Manual de Convivencia del Gimnasio Campestre se definirán claramente los derechos y deberes de los estudiantes, así como el procedimiento a seguir en su aplicación;

Que en el Manual de Convivencia del Gimnasio Campestre se definirán los procedimientos para resolver los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre los miembros de la comunidad educativa;

Que según el artículo 144 de la ley 115 de 1994 y el artículo 23 del decreto 1860 de 1994 es una función del Consejo Directivo de los establecimientos educativos dictar las normas por las cuales ha de regirse la comunidad educativa y adoptar el Manual de Convivencia de la institución;

Que para el pleno desarrollo de los propósitos formativos del Gimnasio Campestre y para el adecuado cumplimiento de lo establecido en este Manual de Convivencia se requiere de la participación activa de los padres de familia, profesores y empleados del Colegio, es necesario de su parte el pleno conocimiento, respeto y acato tanto de la filosofía con la que opera el Colegio como de los procedimientos con que ésta se lleva a la práctica;

Resuelve:

Artículo primero: Adoptar el Manual de Convivencia del Gimnasio Campestre de la ciudad de Bogotá, como marco normativo de los derechos y deberes de los estudiantes, el cual regirá el proceder y el discurrir de la comunidad educativa de la institución.

Artículo segundo: El Manual de Convivencia que se adopta está contenido en el documento anexo, el cual hace parte integrante de la presente resolución y del Proyecto Educativo Institucional del Colegio, y se dará a conocer a todos los miembros de la comunidad educativa del Gimnasio Campestre, se explicará en reuniones de padres de familia, se estudiará con los estudiantes, los profesores y el personal administrativo, se entregará a cada uno de los estudiantes al inicio del año escolar y se difundirá a través de la página electrónica del Colegio.

Artículo tercero: El presente Manual de Convivencia entrará en vigencia el día 2 de agosto de 2021.

Dado en la Rectoría del Gimnasio Campestre en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.

Misión

El propósito del Gimnasio Campestre es formar caballeros, educados en la práctica de los valores cristianos y que sean hombres honestos, competentes, orgullosos de su identidad y comprometidos con su vocación de servicio y liderazgo para la construcción de un país y un mundo sostenible, más justo y equitativo.

Visión

El Gimnasio Campestre se ve como una sociedad del conocimiento innovadora, dinámica y coherente, que aporte a cada uno de los gimnasianos un contexto de oportunidad en el que puedan construir un proyecto de vida trascendente, basado en unos principios morales sólidos, con las competencias y hábitos de excelencia necesarios para ejercer su libertad de manera responsable en un mundo globalizado y en paz.

Buen Trato es el Trato

ESTA EXPRESIÓN ha actuado como detonante para emprender al interior del Gimnasio Campestre una serie de acciones pedagógicas que potencien nuestra participación como agentes de formación y cambio desde la escuela. Se hace entonces necesario y prioritario generar espacios donde podamos aunar esfuerzos hacia la construcción de autonomía en nuestros estudiantes y el desarrollo de habilidades para la vida en comunidad, donde el respeto, la honestidad y la responsabilidad definan su relación con ellos mismos, con el otro y con el entorno.

A fin de lograr este propósito, el Gimnasio Campestre continúa desarrollando estrategias para crear la cultura del Buen Trato. Es preciso lograr cambios cognitivos y afectivos que nos lleven a la práctica diaria y cotidiana del Buen Trato, tanto en la familia como en el Colegio. No aceptamos la violencia, el miedo o la agresión, como algo común y corriente. No podemos permitir que el hogar o el Colegio sean el espacio propicio para el mal trato. En esa tarea que nos hemos impuesto, cabe una enorme labor por parte de los padres y madres de familia, quienes igualmente transmiten a sus hijos valores, expectativas y actitudes.

Actualmente, se intensifica la toma de conciencia y apropiación a través del análisis profundo y detallado de los Descriptores de Desarrollo Personal y Social, articulados al decálogo del Buen Trato y a los Acuerdos Gimnasianos, acompañado de los valores más relevantes y de los comportamientos asociados a las necesidades específicas de cada grado.

TÍTULO I
El Colegio

Artículo 1°.El Gimnasio Campestre es un establecimiento educativo de carácter privado, de propiedad de la Fundación Gimnasio Campestre, que ofrece el servicio público educativo en jornada única, legalmente reconocido por las autoridades colombianas competentes, de inspiración católica, que atiende la educación formal en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y educación media, en calendario B.

Artículo 2°. La Fundación Gimnasio Campestre, que goza de personería jurídica expedida por el Ministerio de Justicia, asume la responsabilidad en cuanto a dirección, funcionamiento, gestión económica y administración de personal, y establece la filosofía y principios del Gimnasio Campestre dentro de la autonomía que le conceden la constitución y las leyes de Colombia, acorde con el pensamiento pedagógico concebido por su fundador el doctor Alfonso Casas Morales.

Artículo 3°. El domicilio del Colegio es la ciudad de Bogotá, D.C. Se encuentra inscrito ante la Secretaría de Educación Distrital con el registro No. 1053 y cuenta con las licencias y aprobaciones oficiales requeridas.

Artículo 4°. El Gimnasio Campestre es una institución educativa de carácter católico y en su fundamento pedagógico se define como una sociedad del conocimiento y una comunidad participante, que se orienta a la educación integral de la persona basada en una pedagogía del afecto y la confianza y desde la perspectiva de un humanismo cristiano, dentro de una propuesta educativa abierta y flexible que favorece su crecimiento y maduración en todas las dimensiones, desarrollando las cualidades individuales en un clima de libertad responsable, con el compromiso social de formar personas que trabajen por un país y un mundo más justos y más humanos.

Artículo 5°.El Gimnasio Campestre, teniendo como eje la pedagogía concebida por su fundador y con base en el afecto y la confianza, forma en los valores de paz, justicia, amor, verdad y vida, con la idea del espíritu de pluralidad y del respeto a la diferencia, haciendo viable el uso regulado de la libertad y la marcha armónica de la comunidad.

Artículo 6°. El Gimnasio Campestre presenta su Proyecto Educativo Institucional PEI fundamentado en los principios de formación cristiana, construcción de valores, compromiso social, liderazgo de servicio y excelencia académica, principios que se encuentran enraizados en el evangelio y en la pedagogía del afecto y la confianza como elementos fundamentales de su enfoque pedagógico.

TÍTULO II
Proceso de admisión y matrícula

Artículo 7°. La calidad de estudiante del Gimnasio Campestre se adquiere mediante el acto de matrícula, el cual consiste en sentar el acta correspondiente y firmar el contrato respectivo, por parte de los padres de familia, el estudiante, el Rector del Colegio y la secretaria general.

Artículo 8°. Para obtener la calidad de estudiante del Gimnasio Campestre es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

8.1. Adquirir, diligenciar y presentar el formulario de admisión, en las fechas determinadas para cada año lectivo;
8.2. Haber sido admitido oficialmente por las autoridades competentes del Colegio, por haber superado las pruebas de admisión y la entrevista;
8.3. Conocer y aceptar la filosofía, los principios, los fines y las normas que rigen la Institución.

8.4. Haber superado los logros previstos para el grado inmediatamente anterior; y
8.5. Legalizar la matrícula mediante aceptación y firma del Acta y del Contrato de Matrícula respectivos.
Parágrafo. En el caso de estudiantes que vengan de fuera del país, se entiende que ellos habrán de cumplir el mismo proceso de admisión que los estudiantes nacionales, aunque podrán hacerse adecuaciones en los tiempos, documentos y contenidos de los exámenes de admisión según sea el caso. Adicionalmente, será responsabilidad de ellos adelantar los trámites legales para estudiar en Colombia y convalidar sus estudios en el exterior. La homologación de grados cursados se hará según los acuerdos que existan entre gobiernos para tal efecto y, de ser necesario, el Colegio podrá diseñar planes especiales de evaluación y acompañamiento que serán adelantados por el Centro de Apoyo Pedagógico (C.A.P.) y el Departamento de Psicología para promover su adaptación.

Artículo 9°. Para ingresar al Gimnasio Campestre al grado prejardín y hacer parte de la comunidad educativa se requiere que los niños tengan cuatro (4) años cumplidos al 31 de agosto del respectivo año de ingreso.

Para los demás cursos, hasta el grado octavo (8°), la decisión de ingreso será del Comité de Admisiones, quedando la decisión final en potestad del Rector del Colegio, quien en todo caso se reservará el derecho de dar o no las razones de la inadmisión de un candidato. Para los grados de noveno (9°), décimo (10°) y undécimo (11°), no se recibirán nuevos estudiantes.. Para el caso de los reingresos, una vez las familias hagan explícito su deseo de regresar al Colegio, deberán ponerse en comunicación con el Rector quien determinará el procedimiento a seguir, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Consejo Directivo Escolar.

Artículo 10°. Los documentos que se requieren, en original, para el ingreso al Gimnasio Campestre por primera vez, son los siguientes:

10.1. Registro civil de nacimiento y fotocopia de la tarjeta de identidad para niños mayores de 7 años.
10.2. Para los aspirantes a pre jardín que hayan asistido a un jardín infantil, traer un informe descriptivo del niño elaborado por la respectiva institución.
10.3. Certificado de estudios de los tres (3) últimos años cursados en el colegio anterior.
10.4. Constancia o certificado de buena conducta del colegio anterior, para aspirantes de 1º a 8º grado.
10.5. Certificado de paz y salvo del año anterior.
10.6. Exámenes de agudeza visual y audiometría.
10.7. Fotocopia del carné de vacunas.
10.8. Cuatro fotografías recientes del aspirante tamaño 3x4 con fondo claro y una fotografía familiar tamaño postal.
10.9. Dos (2) referencias personales de la familia, en lo posible de quienes tengan vínculos con el Colegio. Los empleados del Colegio no están autorizados para dar referencias.
10.10. Certificación de aprobación del año anterior.
10.11. Autorización para consulta y reporte en las centrales de información, firmada por ambos padres.
Parágrafo. Para la renovación del contrato de matrícula, los estudiantes antiguos deben presentar el certificado de paz y salvo por todo concepto expedido por el Gimnasio Campestre.

Artículo 11°. La calidad de estudiante del Colegio Gimnasio Campestre se pierde por:

11.1. Expiración del término del contrato de matrícula.
11.2. No renovación del contrato de matrícula.
11.3. Eventos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.
11.4. Cuando el estudiante se retira por voluntad propia, situación en la cual la familia lo comunicará directamente al Rector a través de una carta explicativa de tal decisión.
11.5. Por cancelación de la matrícula.
11.6. Por las demás causales establecidas en el Proyecto Educativo Institucional, el contrato de matrícula y el presente Manual de Convivencia.

TÍTULO III
Derechos, deberes y garantías de los estudiantes
Derechos básicos y fundamentales

Artículo 12°. Todos los estudiantes tendrán los derechos que la Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Colombia les confieren; y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ningún tipo de discriminación, siempre y cuando en su ejercicio no perjudiquen los principios filosóficos y religiosos que rigen al Gimnasio Campestre. Además de estos derechos fundamentales, los estudiantes tendrán los siguientes:

12.1. A recibir un trato respetuoso de parte de sus compañeros, profesores, empleados y directivas del Colegio.
12.2. A conocer la filosofía e ideales educativos propuestos por su fundador, Dr. Alfonso Casas Morales y bajo los cuales son educados.
12.3. A que sus padres formen parte de la comunidad educativa del Gimnasio Campestre, lo cual operará desde su vinculación al mismo en el acto de matrícula, y lo ejercerán responsablemente para la integración armónica en comunión y participación.

12.4. A no ser sometidos a agresiones físicas, psicológicas o verbales, por cuanto el Gimnasio Campestre promueve y facilita un ambiente de convivencia sincera y dialogante, donde se evitarán comportamientos despectivos, subestimaciones, agresiones, represiones o intimidaciones.
12.5. A tener intimidad personal y familiar, al buen nombre y a la honra, así como al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, la constitución y las leyes de Colombia, el Proyecto Educativo Institucional y el presente Manual de Convivencia.
12.6. A expresar y difundir sus ideas, pensamientos y opiniones, siempre que lo hagan en forma adecuada y respetuosa, teniendo en cuenta los derechos que tienen las demás personas y los principios del Gimnasio Campestre.
12.7. A presentar solicitudes respetuosas a las autoridades del Gimnasio Campestre y a los educadores, en forma directa o por intermedio de sus delegados en las diferentes instancias de participación y a obtener resolución oportuna de las mismas solicitudes o peticiones.
12.8. Al debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia y a la posibilidad de acudir a las instancias superiores siguiendo el conducto regular.
12.9. A elegir y ser elegidos en los organismos de participación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y teniendo en cuenta el respeto, el apoyo y la defensa de los principios y filosofía del Gimnasio Campestre.
12.10. A tener un ambiente propicio para su desarrollo y para su educación tanto en el Gimnasio Campestre como en el hogar.
12.11. A la defensa en todos los procedimientos disciplinarios en los cuales puedan resultar involucrados, debiendo ser escuchados de acuerdo con el conducto regular establecido por el Gimnasio Campestre.
12.12. A presentar sus quejas y sugerencias a través de los formatos establecidos para las mismas por la oficina de gestión de calidad, con el objetivo de dar respuesta a sus inquietudes o inconformidades relacionadas con cualquiera de las instancias del Colegio. Si es un asunto académico será atendido por el Director de Grupo y/o el Coordinador Académico de la sección correspondiente. Si es un asunto de convivencia, por el Director de Grupo y/o la Coordinación de Convivencia. Para el caso de situaciones administrativas, se les dará curso en la Dirección Administrativa.

Derechos académicos y sociales

12.13. A recibir una educación integral que desarrolle la inteligencia y el pensamiento, así como el cuerpo en forma armónica y saludable y todas las dimensiones del ser humano.
12.14. A recibir una formación religiosa católica, con fundamento en el Evangelio y dentro de los principios y valores cristianos.
12.15. A recibir una educación que los forme como ciudadanos y les enseñe a amar y respetar a la Patria y a ser capacitados para participar de manera activa en funciones propias de la democracia.
12.16. A vivir en un ambiente de honestidad y dignidad y a ser educados en los principios que inspiran el Proyecto Educativo Institucional, como católicos, agentes de cambio y comprometidos con el mundo que los rodea.
12.17. A recibir una orientación adecuada y oportuna en todo lo relacionado con el desarrollo académico, la formación en valores y lo que conlleve y contribuya a su bienestar.
12.18. A conocer la Constitución Política Nacional, la legislación escolar colombiana, el Proyecto Educativo Institucional, los programas académicos que constituyen el Plan de Estudios, las formas de evaluación que aplicará el Gimnasio Campestre y todas las regulaciones para la vida en la comunidad educativa.
12.19. A ser evaluado en forma integral y a conocer oportunamente los resultados del proceso de aprendizaje, los resultados de sus evaluaciones, su registro escolar de valoración, su anecdotario y las recomendaciones que hagan directivos y profesores.
12.20. A presentar justificación por sus ausencias y a que se les tengan en cuenta siempre que estén debidamente diligenciadas y firmadas por los padres de familia o por sus acudientes, por los médicos y las entidades acreditadas para el efecto. Las justificaciones deberán presentarse a las autoridades del Colegio dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que el estudiante se reintegre a las actividades escolares. Después de dicho plazo no se aceptarán excusas.
12.21. A que les sea oportunamente expedido el carné estudiantil de acuerdo con las normas del Gimnasio Campestre, a solicitar y obtener certificados, constancias y diplomas, siempre y cuando, el estudiante y sus padres, se encuentren a paz y salvo por todo concepto con el Colegio y hayan cancelado los derechos correspondientes.
12.22. A representar al Gimnasio Campestre, a recibir reconocimientos públicos y estímulos y a que sean valoradas sus actuaciones en caso de sobresalir en las actividades previstas por el Proyecto Educativo Institucional, o cuando estén representando al Colegio.
12.23. A aprovechar y disponer de su tiempo libre con su familia, a disfrutar del descanso, de la recreación y del deporte en los lugares y tiempos previstos para ello.
12.24. A participar en todas las actividades y eventos programados por el Gimnasio Campestre. Los estudiantes sólo podrán ser privados de dichas actividades cuando no cumplan con los requisitos establecidos o cuando su presentación o sus actitudes no estén de acuerdo con las circunstancias o perjudiquen el ambiente comunitario o la imagen y prestigio del Gimnasio Campestre.
12.25. A solicitar a los profesores las explicaciones y orientaciones que conduzcan a salvar las dificultades que tengan en el desarrollo de las asignaturas del currículo, o en sus asuntos interpersonales.
12.26. A usar las dependencias del Gimnasio Campestre destinadas a las actividades propias del servicio educativo y a utilizar adecuadamente las ayudas educativas y demás materiales que se encuentran dispuestos para el mismo.
12.27. A ser instruidos permanentemente acerca del contenido y alcance del presente Manual de Convivencia y a ser informados oportunamente de los cambios que se le introduzcan. Esta instrucción se hará de acuerdo con la programación del Gimnasio Campestre.

Deberes de los estudiantes

Artículo 13°. Los deberes de los estudiantes del Gimnasio Campestre recogen los compromisos esenciales que todo gimnasiano debe asumir para contribuir con su propia formación y hacer parte de la comunidad del Colegio.
Los principios que a continuación se explican son consecuencia de la filosofía formativa del Colegio e implican un ejercicio ético de la libertad de cada uno de nuestros estudiantes, quienes deben:
13.1. Valorar y respetar la vida y la integridad personal propia y de los otros, de tal forma que se comprometan con su propio bienestar, el de quienes los rodean y el de su entorno.
13.2. Conocer y apropiar la filosofía y los principios del Gimnasio Campestre. Para alcanzar sus objetivos, el Colegio cuenta con la activa participación de los gimnasianos y de sus familias, por lo que es indispensable que todos ellos conozcan y compartan sus ideas fundamentales. El Colegio no puede cambiar sus objetivos y propósitos en beneficio particular de un estudiante específico o de sus padres de familia y por consiguiente quien discrepe de las orientaciones y filosofía de la Institución deberá respetarlos o, en su defecto, buscar otro establecimiento educativo que resulte armónico con sus preferencias.
Siendo la coherencia una virtud fundamental del Caballero, el Gimnasio Campestre exige de sus estudiantes que del conocimiento de estos principios se derive un comportamiento acorde con ellos, dentro y fuera del Colegio.
Por lo anterior, es indispensable que todos los estudiantes conozcan el contenido del presente manual y del Proyecto Educativo Institucional y lo cumplan, pues su inobservancia conlleva la pérdida de su cupo en el Colegio.
13.3. Como consecuencia de lo arriba mencionado, es deber principal de cada gimnasiano el respeto a sí mismo, a los otros y a su entorno.

13.3.1. Por respeto a sí mismo, es deber del gimnasiano ser disciplinado y autoexigente para formar hábitos de virtud y excelencia. Por este motivo deberá acatar los llamados de atención de sus profesores y demás funcionarios del Colegio, y las normas que el Gimnasio Campestre ha establecido para su buen funcionamiento y la formación de sus estudiantes. Deberá practicar las normas de la urbanidad y los buenos modales.
En señal de respeto a su dignidad y a su cuerpo mantendrá una presentación personal pulcra, aseada y acorde con las normas del Colegio, de tal forma que en los días ordinarios no deberá usar piercings o el pelo excesivamente largo o desaseado, y en los días especiales que se fijen en el calendario escolar deberá usar el uniforme de gala de manera impecable y sin elementos que le sean ajenos.
13.3.2. El gimnasiano también tiene el deber de respetar a todas las personas sin distinción de raza, religión, género, orientación sexual o condición social. Es particularmente importante el respeto que les deben a sus profesores con quienes mantendrán una relación estrictamente profesional.
De manera activa se cuidará siempre de que su trato a los demás sea cordial, sincero y honorable. Respetará siempre su dignidad, sus derechos y sus ideas, y propiciará el buen trato a quienes lo rodean. Deberá propender por el logro de la paz y ser solidario con sus compañeros, funcionarios del Colegio y las familias gimnasianas.
En consecuencia, debe abstenerse de vulnerar la integridad de los demás mediante la burla o la difamación, la inducción a comportamientos incorrectos o nocivos, y la exposición a materiales o substancias perjudiciales, adictivas, cuyo uso sea contrario a la moral o que generen o induzcan a la violencia.
13.3.3. Por respeto al grupo al que pertenece y al entorno en que vive, participará de manera constructiva y acorde a las normas del buen trato de las actividades que se organicen en el Colegio, y lo hará de manera urbanizada y con cuidado especial de usar un vocabulario educado y cortés. Deberá hacer un buen uso de los medios de comunicación del Colegio, de sus muebles y de cada uno de los espacios, físicos y pedagógicos, de los que dispone el Gimnasio Campestre para la formación de sus estudiantes, evitando todo daño a la planta física del Colegio; donde de producirse algún daño, el estudiante o el grupo responsable, deberá hacerse cargo de cancelar el valor de su reparación o reposición, con las respectivas consecuencias disciplinarias para el caso de daños intencionales.
Por su parte, el estudiante deberá evitar toda falta de disciplina o actitud disruptiva que pueda entorpecer el desarrollo óptimo de las actividades. Por este motivo son deberes elementales de respeto la puntualidad, la pulcritud y la disciplina.
13.3.4. El estudiante deberá concientizarse de la necesidad de respetar y preservar el medio ambiente que lo rodea. A su vez, el Colegio deberá fomentar la participación activa de los estudiantes en proyectos y campañas para su protección y cuidado; a través del desarrollo de iniciativas donde toda la comunidad educativa y en especial los estudiantes, pongan de manifiesto sus destrezas y habilidades para trabajar en la gestión racional de los recursos, impactar la vida de la comunidad local y nacional y mejorar las relaciones de los seres humanos, entre si y con el medio ambiente, dentro de un contexto de consumo responsable y desarrollo sostenible.

13.4. Comprometerse con la excelencia en el desarrollo de sus actividades escolares de carácter académico, deportivo, formativo y de cualquier otra índole. En lo referido específicamente al desempeño académico, es deber de los estudiantes del Gimnasio Campestre mantener el ritmo de trabajo coherente con sus capacidades hasta el último trimestre, evidenciable en todas lasasignaturas y cada una de las clases.
Deberá cumplir puntual y responsablemente con los horarios establecidos para cada una de las actividades escolares y hacer los cambios de clase en el tiempo estipulado. En caso de fallas o ausencias deberá presentar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su regreso las justificaciones o excusas que sustenten su inasistencia, debidamente firmadas por los padres, médicos o autoridades competentes.
El procedimiento para presentar la excusa y elaborar el plan de trabajo para ponerse al día será el siguiente:
Una vez el estudiante se reintegre a las actividades escolares, debe presentar la excusa al Director de Grupo, quien deberá firmarla.
Posterior a lo cual, la presentará a cada uno de los profesores con los cuales se ausentó de clase. Igualmente, cada docente debe firmar y acordar con el estudiante el plan de trabajo para ponerse al día en la asignatura respectiva.
Nota: En caso de incumplir con este procedimiento el estudiante asumirá las consecuencias académicas establecidas en el artículo 45°, numeral e.
De la misma manera, deberá asumir con responsabilidad, honestidad y calidad, las tareas, evaluaciones, trabajos y demás actividades programadas por el Gimnasio Campestre, y se presentará a cada actividad con la disposición y los elementos necesarios para desarrollarla con éxito. Igualmente, el estudiante deberá realizar sus tareas e investigaciones con transparencia, respeto por la autoría intelectual y seguimiento de las directrices de la política de Honestidad Académica, incluida en el proyecto de Ética de la Excelencia , que sus profesores afianzarán en el desarrollo de las distintas asignaturas.
Para el desarrollo pleno del plan de estudio del grado y despliegue del Modelo Pedagógico del Colegio, es indispensable que cada estudiante demuestre una disposición al aprendizaje adecuada y habitual sobre la cual, en conjunto con sus profesores, se construirá el conocimiento nuevo. Sin dicha disposición al aprendizaje que se debe demostrar en la actitud, el cumplimiento y la constancia en cada desempeño académico, el alcance de los indicadores y las metas de cada trimestre y del año en general se verán afectados.
Debe abstenerse de portar elementos peligrosos o nocivos, y también cualquier distractor que pueda interrumpir o entorpecer una actividad del Colegio (como por ejemplo teléfonos celulares, videojuegos, reproductores de música, etc.). Estos elementos no podrán entrarse al aula de clase y de ser decomisados por un profesor, se le devolverán al estudiante ocho (8) días después.
Para el buen desarrollo de los programas académicos y formativos, los estudiantes en el Colegio se concentrarán exclusivamente en el desarrollo de las actividades programadas por el Gimnasio Campestre. Se abstendrán entonces de cualquier actividad que no corresponda a los fines del Colegio, como la recaudación de dinero, las rifas y las ventas que no hayan sido previamente autorizadas.
13.5. Para la marcha ordinaria de los asuntos del Colegio los estudiantes deberán además presentar oportunamente a sus padres toda la información que les envíe el Colegio y portar de manera permanente su carné estudiantil, que será requerido para acceder a varios de los servicios del Colegio.

Ruta de atención integral de Convivencia

Artículo 14°. De conformidad con lo establecido en la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario (Decreto 1965 de 2013), en el Gimnasio Campestre existe un Comité de Convivencia Escolar que, además de las funciones establecidas en el PEI, tendrá a su cargo las funciones relacionadas con la prevención y tratamiento de las conductas contempladas en la referida ley.
14.1. El Comité de Convivencia está conformado por:

  • El Rector, quien lo preside
  • Personero estudiantil
  • El coordinador del Departamento de Psicología, como docente con función de orientación, o el psicólogo del grado correspondiente, cuando se trate un asunto específico.
  • El coordinador de Convivencia
  • El presidente del Consejo de Padres de Familia
  • El presidente del Consejo Estudiantil
  • Los coordinadores académicos
  • El coordinador de Bienestar Estudiantil
  • Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar o el Director de Curso correspondiente, en el caso de conocer una situación específica.

14.2. Las funciones principales que de conformidad con la Ley 1620 de 2013 tendrá este Comité de Convivencia son las siguientes:

Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos y la prevención de la violencia escolar.
Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas Identificar, analizar y resolver los conflictos que se presenten en la comunidad que afecten la convivencia escolar.
Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto.
Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del Colegio y analizar los factores de riesgo y las medidas encaminadas a mejorar dicha convivencia.
Las demás que le asigna la ley.
El Comité de Convivencia debe darse su propio reglamento.

    Con el fin de garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en el Colegio y que involucren a niños o adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, se procederá de la siguiente manera:
    Tan pronto se identifique el problema, ya sea por denuncia de cualquier miembro de la comunidad o por cualquier otro mecanismo, se activará la ruta de atención integral que incluye a los profesionales de psicología, directores de grupo, coordinador de Convivencia y padres del estudiante.
    El Comité de Convivencia Escolar deberá reunirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al conocimiento de los hechos, para analizar las situaciones reportadas, entrevistarse con todas las partes e informar a los padres de familia.
    Se determinará de común acuerdo entre todas las partes involucradas el mecanismo idóneo para tratar el conflicto, respetando en todo caso la intimidad, el buen nombre, y la confidencialidad de la información y promoviendo espacios de conciliación entre todas las partes involucradas.
    El Colegio, a través de sus profesionales, hará un seguimiento permanente del caso, reportando todos los avances a los padres del estudiante afectado.
    Cuando así lo considere pertinente, ya sea por la gravedad de los hechos o por no haberse podido resolver mediante los mecanismos de conciliación aquí previstos, el Comité de Convivencia podrá recomendar al Rector del Colegio que proceda a reportar el hecho a las autoridades competentes y al Sistema de Alertas Tempranas de la Secretaría de Educación, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (defensorías de familia) o a las autoridades penales en el caso de delitos. En este caso, el Colegio colaborará en todo el proceso con las autoridades competentes.
    El tratamiento y atención a las víctimas de conductas de acoso, agresión escolar o maltrato reiterado, es independiente del inicio de acciones disciplinarias contra los presuntos infractores, las cuales se regirán por el Manual de Convivencia.

    Artículo 15°. Todos los estudiantes del Gimnasio Campestre tienen derecho al debido proceso en todas las actuaciones que adelante el Colegio en relación con sus actos y comportamientos.
    A continuación, se relacionan las principales actuaciones que garantizan el desarrollo del debido proceso frente a las faltas en que incurran los estudiantes y que propenden por la corrección de las conductas que afectan la disciplina y la convivencia:

    15.1. La dirección de grupo o la Coordinación de Convivencia tienen el deber de informar al estudiante y a sus padres de todos los procedimientos disciplinarios en los que resulte vinculado y de los cuales pueda derivarse una sanción, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comisión de la falta o al momento en que el Colegio sea informado de ella por primera vez.
    15.2. El estudiante siempre tendrá derecho a la defensa, a rendir descargos, a conocer o aportar pruebas o a controvertir las existentes. Las pruebas estarán a su disposición para su estudio o revisión. Igualmente, el estudiante tendrá derecho a solicitar la presencia del Personero en todas las actuaciones, reuniones o discusiones.
    15.3. El estudiante tendrá derecho a recibir el apoyo, el acompañamiento y la asesoría, si son necesarios, de todas las instancias creadas por el Colegio para facilitar el desarrollo y la corrección de procesos personales y académicos que interfieran con su adecuado desempeño disciplinario y de convivencia.
    15.4. La sanción de una falta leve será responsabilidad inmediata del Director de Grupo respectivo, la sanción de una falta grave corresponderá a la Coordinación de Convivencia y las faltas de especial gravedad podrán ser sancionadas conjuntamente por la Rectoría y por el Comité de Convivencia, según las características mismas de la falta.
    15.5. Para el caso de las sanciones resultantes de la comisión de faltas graves, el estudiante y sus padres tendrán derecho a solicitar a la Rectoría, en primera instancia, la revisión de las decisiones que se adopten por el respectivo órgano sancionador. La Rectoría deberá responder a dicha petición en los siguientes tres (3) días hábiles.
    15.6. Para las situaciones en que se hayan cometido faltas de especial gravedad y sea necesario convocar a un Comité de Convivencia, se seguirá el siguiente procedimiento, de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 21° de este Manual:
    El Rector se reunirá con el estudiante cuya conducta se esté examinando, con el propósito de oír su versión de los hechos y recibir sus descargos al respecto.
    De considerarlo necesario, y teniendo en cuenta las disposiciones de este Manual, el Rector procederá a citar el Comité de Convivencia, situación que será informada al estudiante y a sus padres indicándoles las conductas que han justificado esta convocatoria, las faltas a las que estas conductas dan lugar, las normas en que estas faltas están contempladas y la calificación provisional de las mismas que van a ser estudiadas por el Comité.
    En un término no superior a tres (3) días hábiles y antes de la reunión del Comité, el Rector informará al estudiante y su familia de todas las pruebas que se han tenido en cuenta referentes a la conducta estudiada y que serán conocidas por el Comité, para que dentro de los tres (3) días hábiles subsiguientes a la entrega pueda controvertir estas pruebas o allegar otras nuevas para conocimiento del Comité. En cualquier caso, se respetará el derecho a la intimidad de todos los estudiantes involucrados, y toda la información será manejada con total confidencialidad y reserva de las identidades.
    Vencidos estos términos se reunirá el Comité de Convivencia que comunicará los resultados de su reunión en un período no superior a tres días (3) hábiles, explicando las causas y justificaciones de su decisión.
    En los tres (3) días hábiles subsiguientes el estudiante o sus padres podrán presentar un recurso extraordinario de revisión, caso en el cual se convocará al Consejo Directivo Escolar en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores a la solicitud y esta instancia deberá producir los resultados de tal revisión, a más tardar en los tres (3) días hábiles siguientes a su reunión. En su calidad de órgano máximo de gobierno escolar, la decisión del Consejo Directivo será la decisión final que pone fin al proceso.
    Para las situaciones descritas anteriormente, la Rectoría será la instancia responsable de comunicar directamente a los padres los resultados de las revisiones solicitadas.
    15.7. El personero de los estudiantes deberá escuchar y acompañar a los estudiantes en las sesiones de descargos con Rectoría y los representará y defenderá sus posiciones y sus intereses en las sesiones con el Comité de Convivencia o el Consejo Directivo Escolar.

    TÍTULO IV
    Estímulos y reconocimientos

    Artículo 16°. El Gimnasio Campestre establece los siguientes estímulos para sus estudiantes:

    • La Orden de San Jorge, en el Grado de Caballero, para premiar a los estudiantes que, por su conducta ejemplar, habitual consagración al cumplimiento de sus deberes escolares y dignísima corrección en las maneras, realizan mejor el ideal del Colegio.

    • La Orden de San Jorge, en el Grado de Caballero, para premiar a los estudiantes que, por su conducta ejemplar, habitual consagración al cumplimiento de sus deberes escolares y dignísima corrección en las maneras, realizan.

    • El reconocimiento al Trabajo Escolar Integral consistente en una medalla que se otorga en cada curso al estudiante

      que haya alcanzado un mejor desempeño escolar en las distintas áreas.

    • El reconocimiento al Trabajo Escolar Integral consistente en una medalla que se otorga en cada curso al estudiante

      que haya alcanzado un mejor desempeño escolar en las distintas áreas.

    • La medalla Máxima Cum Laude al estudiante que haya alcanzado el mejor desempeño escolar en el Bachillerato.
    • El premio a la Caballerosidad “Medalla Alfonso Casas Morales” al estudiante del grado undécimo (11°) que se identifique en sus actos y procederes con el ideal formativo del Colegio.
    • La medalla Lorenzo Casas Morales como “Premio a la Lealtad” en grado undécimo (11°).
    • El premio de la Asociación de Ex alumnos “Compromiso con la Comunidad”.
    • Premio al Mérito Social Fundación Promoción Humana Se otorga anualmente al estudiante o grupo de estudiantes de Primaria o Bachillerato que mejor haya o hayan demostrado un alto sentido de compromiso comunitario y de servicio, a través de su participación y trabajo en distintos escenarios del Colegio.
    • La Izada de Bandera como reconocimiento semanal al esfuerzo escolar integral.
    • Representar al Colegio en eventos y foros.
    • Recibir notas de felicitación.
    • Tener anotaciones positivas en el Anecdotario.

      TÍTULO V
      Acciones que afectan la convivencia
      Faltas y sanciones

      Artículo 17°. Para el Gimnasio Campestre la convivencia es un proceso orientado a contribuir con el desarrollo integral del estudiante a través de la formación en principios, valores, derechos y deberes que permitan la comprensión de las normas, la comprensión del propio deber ser y el deber hacer, asumiendo las consecuencias de sus actos y atendiendo a los procesos de construcción y de corrección que permitan el crecimiento personal y comunitario.
      Artículo 18°. El Colegio busca resolver oportunamente y con equidad los conflictos individuales o colectivos que se presenten. Los procesos que el Colegio utiliza para resolver conflictos son el diálogo, la reflexión y la mediación institucional.
      Para la mediación institucional, el Colegio cuenta con instancias de apoyo que contribuyen con la orientación educativa, emocional y disciplinaria del estudiante. La resolución de conflictos implica una mediación por parte del Colegio que es de carácter confidencial. Como consecuencia de los procesos de reflexión los estudiantes adquieren compromisos frente a la institución o las personas afectadas, los cuales se archivan en el anecdotario de cada estudiante.
      Si se incumplen los deberes o no se hace uso responsable de la libertad afectando la convivencia dentro del Gimnasio Campestre o afectando su buen nombre con comportamientos fuera del mismo, el estudiante será evaluado por las instancias correspondientes y de acuerdo con los procedimientos establecidos para cada caso, asumiendo las consecuencias y recibiendo las sanciones que correspondan, las cuales se aplicarán buscando un cambio de comportamiento y procurando la formación integral de la persona.

      Artículo 19°. Se consideran faltas, las violaciones a las prohibiciones o el incumplimiento de los deberes y compromisos establecidos en el contrato de matrícula, en el Proyecto Educativo Institucional y en este Manual de Convivencia. En la aplicación del presente Manual de Convivencia se tendrá en cuenta que las faltas se clasifican en leves, graves y faltas de especial gravedad. Se entenderá que estas faltas se pueden cometer, tanto en espacios reales como en espacios virtuales de interacción.
      Artículo 20°. El proceso de evaluación del comportamiento, disciplina y conducta de los estudiantes es una actividad de carácter permanente que adelanta el Director de Grupo, el Comité de Grado, la Coordinación de Convivencia y demás instancias del Colegio. En todos los casos cualquier decisión tomada se comunicará oportunamente a los padres de familia, en una cita que se haga con el Director de Grupo o con las instancias antes mencionadas.

      Instancias de reflexión, sanciones y procedimiento de aplicación

      Artículo 21°. El Gimnasio Campestre prescribe algunas instancias de reflexión o sanciones como parte del proceso formativo, con la intención de propiciar reflexión sobre las faltas en que incurra el estudiante y buscar la corrección de las conductas que afectan la disciplina, la conducta y la convivencia.
      Las sanciones deben tener un sentido formativo y se espera que induzcan al estudiante a la reflexión y a generar una actitud positiva. Por consiguiente, la imposición de una sanción debe ir acompañada del diálogo, la comprensión y la asunción de compromisos concretos, y no debe generar consecuencias para el implicado que no resulten proporcionales a la falta cometida.
      El análisis de los comportamientos de los estudiantes y su valoración o juicio se sujetarán a los siguientes principios:

      21.1. Siempre se presumirá la inocencia. Por tanto, toda situación o caso debe ser investigado y analizado antes de valorar la conducta e imponer la sanción, si a ello hubiere lugar.
      21.2. La valoración, emisión de un juicio y procedimiento de resolución que conduce a una sanción se conciben en una perspectiva formativa, y no punitiva.
      21.3. La adecuada resolución de conflictos es rápida y oportuna.
      21.4. Todo estudiante deberá conocer oportunamente los motivos por los cuales se ha considerado que su conducta merece ser analizada.
      21.5. Se oirá siempre la versión del estudiante sobre su comportamiento y la forma como sucedieron los hechos relevantes.
      21.6. En todos los casos se tendrán en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes, la historia personal del estudiante y su trayectoria escolar.
      21.7. No se impondrán sanciones denigrantes, que comporten escarnio para el alumno o que, de alguna manera, afecten su dignidad personal.

      Artículo 22°. El Colegio no pretende atribuirle sanciones específicas a cada tipo de falta de comportamiento. Por el contrario, se espera que cada caso particular sea evaluado, analizado y sancionado conforme a sus características propias.
      Sin perjuicio de lo anterior, a continuación, se enumeran algunas instancias de reflexión y tipos de sanción, para que sirvan de pauta a los actores que intervienen en los procesos disciplinarios y de resolución de conflictos

      22.1. Llamado de atención, verbal o escrito.
      22.2. Amonestación por escrito en el Anecdotario del estudiante.
      22.3. Acta de Responsabilidad y Reflexión. Implica para el estudiante asumir por escrito la propia responsabilidad frente a una falta cometida, con las acciones y estrategias asociadas a la reparación de la misma y el compromiso de construcción de un mejor comportamiento. Esta acta la diligenciará el estudiante en compañía de la Coordinación de Convivencia y el Director de Grupo.
      22.4. Citación al estudiante con los padres de familia. Consiste en una entrevista con los padres y el estudiante. Debe propiciar el logro de los acuerdos y estrategias a seguir para superar la situación, los cuales se harán constar por escrito.
      22.5. Compromiso de Convivencia. Consiste en la suscripción por escrito de un compromiso de mejoramiento por parte del estudiante con el acompañamiento de sus padres, frente a las exigencias normativas del Colegio. Este Compromiso se entenderá vigente hasta tanto el Colegio considere oportuno su levantamiento, teniendo como vigencia mínima de un trimestre y máxima de un año escolar. En el evento de que el Compromiso sea suscrito un mes antes de finalizar el año académico, este se entenderá vigente durante el primer trimestre del siguiente año escolar, momento en el que será revisado para determinar su levantamiento.
      22.6. Conferencia con el Rector para establecer un encargo pedagógico especial. Implica la citación en Rectoría a los padres de familia y al estudiante para que realice en el Colegio o fuera de él, según se determine, las actividades propuestas desde academia y desde convivencia para garantizar la reparación de las faltas y el crecimiento personal del estudiante. Estas actividades deberán cumplirse sin afectar la jornada escolar, dentro del plazo estipulado y en las condiciones requeridas. De no realizar las actividades académicas, se seguirán las consecuencias ordinarias del incumplimiento académico, y de incumplirse las actividades convivenciales se seguirán las consecuencias establecidas en los artículos 26°o 28°del presente manual.
      22.7. No asistencia a los actos de clausura y proclamación de bachilleres. Consiste en privar al estudiante de su derecho a asistir a la ceremonia de clausura o grado de bachilleres.
      22.8. Matrícula Condicional. Consiste en condicionar el cupo en el Colegio al cumplimiento de todas las disposiciones de este Manual y de todas las condiciones establecidas por el Colegio, atendiendo a las situaciones que han causado la imposición de esta sanción. En el evento de que la Matrícula sea suscrita en el último trimestre antes de finalizar el año académico, esta se entenderá vigente durante el primer trimestre del siguiente año escolar, momento en el que será revisada para determinar su levantamiento.
      22.9. No renovación de matrícula para el grado y año siguiente. Implica la pérdida del cupo en el Colegio para el siguiente año escolar. Se les comunica a los padres en reunión con el Rector.
      22.10.Cancelación de la matrícula o exclusión del Gimnasio Campestre. Implica la pérdida inmediata del cupo en el Colegio. Se les comunica a los padres en reunión con el Rector.
      En los grados de la educación básica secundaria (6° a 9°) y de educación media (10° y 11°), la no renovación de matrícula y la cancelación de la matrícula, también serán medidas aplicables en los casos de inasistencia sistemática a una determinada asignatura, según lo indicado en el parágrafo 2 del artículo 47º del Manual de Convivencia, previo el agotamiento de los procedimientos contemplados en la legislación colombiana acerca de promoción escolar.
      Todo lo anterior, sin perjuicio del derecho que se reserva el Colegio de no renovar la matrícula del estudiante para el año escolar siguiente cuando los padres de familia de este no se encuentren al día con sus obligaciones financieras.

      Artículo 23°. El procedimiento interno que debe adelantarse cuando se presenten faltas de los estudiantes u otras circunstancias que afecten la convivencia de los miembros de la comunidad educativa es el siguiente:

      23.1. Cualquier autoridad del Gimnasio Campestre, directivo o docente, que tenga conocimiento de una falta por parte de un estudiante, debe escuchar las versiones sobre el hecho, buscar su solución e informar a la dirección de grupo y ésta a su vez a la Coordinación de Convivencia para evaluarla conjuntamente con las instancias anteriores.
      23.2. Si la falta es considerada leve se hace una reflexión con llamado de atención y/o podrá hacerse la anotación en la ficha de registro escolar del estudiante (Anecdotario).
      23.3. Si el estudiante es reiterativo en la falta deberá diligenciar un Acta de Responsabilidad y Reflexión, donde de manera personal consigne por escrito su participación en la falta, su nivel de responsabilidad y su compromiso personal, con acciones y estrategias de mejoramiento frente al comportamiento problema. Esta acta formará parte de su Registro Anecdótico y les permitirá a los padres de familia, profesores y directivos del Colegio hacer el correspondiente seguimiento del estudiante. De no cumplirse con lo consignado en el acta se procederá a firmar Compromiso de Convivencia.
      23.4. Si la falta es considerada grave, se procederá a realizar Conferencia con el Rector para establecer un encargo pedagógico especial.
      23.5. Si el estudiante es reiterativo en una falta grave se aplicará Matrícula Condicional, condicionando su permanencia en el Colegio al cumplimiento de las disposiciones establecidas para atender a las situaciones que la causaron.
      23.6. Si la falta es considerada de especial gravedad, se llevará el caso al Comité de Convivencia y en decisión conjunta avalada por el Rector, se determinará la no renovación de matrícula, o la cancelación inmediata de la misma con la exclusión del estudiante del Gimnasio Campestre.


      Faltas a la Convivencia y consecuencias

      Artículo 24°. El Gimnasio Campestre considera como faltas leves las siguientes:

      24.1. Llegar tarde al Colegio o a clases, siempre y cuando no sean reiterativas.
      24.2. Utilizar vocabulario y modales inadecuados en todos los espacios escolares, incluyendo el comedor y la ruta escolar.
      24.3. Interrumpir las actividades académicas, curriculares y extracurriculares, mediante actuaciones que impiden el normal desarrollo de las mismas, como charlar constantemente, no respetar el turno para intervenir, comer, hacer chistes, levantarse del puesto de manera inoportuna, entre otros.
      24.4. Portar los uniformes inadecuadamente y no traer el uniforme de gala completo los viernes.
      24.5. Vestirse de manera inadecuada en contra de lo exigido por el Colegio, y contemplado en los deberes del estudiante.
      24.6. Desacatar las instrucciones e indicaciones de los profesores.
      24.7. Utilizar de manera inadecuada las instalaciones (baños, comedor, salones, etc.), servicios y materiales de trabajo del Gimnasio Campestre.
      24.8. Presentarse al Gimnasio Campestre sin los implementos necesarios para las actividades escolares.
      24.9. Tener mal comportamiento en la capilla o en actos religiosos.
      24.10. Arrojar papeles y basuras fuera de los recipientes destinados para ello.
      24.11. Usar el celular y otros aparatos electrónicos en momentos y espacios diferentes a los recreos, para el caso de los estudiantes de Bachillerato y traer al Colegio teléfono celular u otros dispositivos electrónicos para el caso de los estudiantes de Preescolar o de Primaria. Los estudiantes de 5° grado podrán traer al Colegio y usar tabletas electrónicas como parte del plan One to One y bajo la supervisión de sus profesores.
      24.12. Irrespetar el turno en las filas para comprar en las tiendas escolares.

      Artículo 25°. A discreción del Colegio y habiendo agotado los procedimientos e instancias previstos para tal efecto, la comisión de faltas leves podrá corregirse o sancionarse con las siguientes acciones pedagógicas: i) Llamado de atención verbal con el educador que conoce la falta y reflexión sobre la situación; ii) Diálogo con el Director de Grupo y búsqueda de solución; iii) Acta de Responsabilidad y Reflexión o; iv) Llamado de atención por escrito en el anecdotario e informe a los padres de familia.

      Artículo 26°. El Gimnasio Campestre considera como faltas graves las siguientes:

      26.1. Reincidir por tercera vez en una falta leve.
      26.2. Desacatar a la Constitución y a las leyes de Colombia, al Manual de Convivencia, a los Acuerdos Gimnasianos y a las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del Colegio.
      26.3. Irrespetar de cualquier manera mediante palabras, hechos u omisiones a directivos, profesores, compañeros y empleados del Gimnasio Campestre.
      26.4. Irrespetar a los símbolos patrios, religiosos y del Gimnasio Campestre.
      26.5. Agredir física o verbalmente a cualquier persona, pertenezca o no a la comunidad educativa.
      26.6. Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma.
      26.7. Dejar de asistir a clase o a las actividades programadas estando en el Colegio.
      26.8. Tener un comportamiento contrario al esperado durante la realización de cualquiera de las evaluaciones programadas por el Colegio (evaluaciones de asignatura, pruebas de estado o exámenes internacionales), que afecte el normal desarrollo de estas actividades.
      26.9. Guardar, transmitir o publicar información utilizando cualquier medio, de tal forma que al hacerlo se estén violando los derechos de autor. Así mismo, prestar tareas, trabajos o textos de la propia autoría para la copia total o parcial por parte de un tercero.
      26.10. Utilizar los servicios de transporte y comedor sin la debida autorización.
      26.11. Ausentarse del Gimnasio Campestre sin autorización.
      26.12. Causar o propiciar daño intencional a las instalaciones y bienes del Gimnasio Campestre.
      26.13. Retirarse de clase o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente.
      26.14. Cometer cualquier acto indebido o desacatar las normas establecidas en situaciones o actividades culturales, deportivas, recreativas, o académicas organizadas por el Colegio, así se lleven a cabo fuera de las instalaciones y del horario escolar. Incluyendo las actividades y espacios de Escuelas de Formación, Expedición Colombia, la excursión de grado 11° y cualquier otra actividad que organice o en la que participe el Colegio.
      26.15. En su condición de gimnasianos, tener mal comportamiento en la calle y en lugares públicos.
      26.16. Faltar sin justa causa al veinticinco por ciento (25%) o más de las clases de una determinada asignatura.

      Artículo 27°. A discreción del Colegio y habiendo agotado los procedimientos e instancias previstos para tal efecto, la comisión de faltas graves podrá corregirse o sancionarse con las siguientes acciones pedagógicas: i) Acta de Responsabilidad y Reflexión; ii) Llamado de atención con citación a los padres de familia y firma de Compromiso, el cual en caso de ser infringido constituirá una falta de especial gravedad; iii) Conferencia con el Rector para establecer un encargo pedagógico especial; iv) No asistencia a los actos de clausura y proclamación de bachilleres; o v) Matrícula Condicional. Todo procedimiento de valoración y resolución de conflictos generados por faltas graves de comportamiento quedará registrado por escrito en archivos de la institución y en el anecdotario del estudiante.
      Parágrafo. Cuando se suspenda al estudiante de las actividades del Gimnasio Campestre, para que se someta a tratamiento o a reflexión sobre su conducta, deberá cumplir a cabalidad con lo prescrito y demostrarlo ante el Comité de Convivencia quien después de verificar su cumplimiento autorizará el reintegro.

      Artículo 28°. El Gimnasio Campestre considera como faltas de especial gravedad las siguientes:

      28.1. Reincidir en cualquiera de las faltas consideradas como graves.
      28.2. Cometer las siguientes conductas: prostitución, tenencia, tráfico y/o consumo de sustancias que produzcan adicción o daño a la salud, o tenencia o tráfico de material pornográfico.
      28.3. Frecuentar sitios indebidos y/o ser motivo de escándalo para la comunidad.
      28.4. Robar, hurtar o malversar fondos y bienes ajenos.
      28.5. Portar o consumir bebidas alcohólicas en las actividades programadas por el Colegio, dentro o fuera de él.
      28.6. Consumir cigarrillo de cualquier tipo o usar otros dispositivos similares para inhalar tabaco u otras sustancias dentro de las instalaciones del Gimnasio Campestre, en sus inmediaciones o en actividades programadas por el Colegio.
      28.7. Amenazar o agredir de palabra, hecho u omisión a las directivas del Colegio, profesores, empleados o compañeros.
      28.8. Cuando de manera repetida e intencional se haga daño grave a un compañero o grupo de compañeros, que se perciban en situación de desigualdad o de indefensión, por medio de descalificación, burla, apodos, exclusión, ofensa directa o a través de internet o cualquier otro medio, o de la agresión física o verbal.
      28.9. Portar, consumir o distribuir estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas.
      28.10. Adulterar notas; falsificar documentos, firmas o sellos, o utilizarlos en beneficio propio o de terceros.
      28.11. Incumplimiento académico reiterado. Se entiende que hay un incumplimiento académico reiterado cuando un estudiante desatienda de manera sistemática al trabajo en una o varias asignaturas y reciba, por este motivo, tres o más Llamados de Atención Académicos en los términos del artículo 49° del presente manual.
      28.12. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad de los miembros de la comunidad educativa, o sean contrarios a la moral y las buenas costumbres.
      28.13. Portar o usar armas de cualquier clase o denominación.
      28.14. Sobornar, chantajear o desarrollar actos iniciales con la intención de ejecutar tales conductas.
      28.15. Usar Internet para fines diferentes a los establecidos por el Gimnasio Campestre; recolectar o utilizar contraseñas o información confidencial de otras personas; solicitar o distribuir fotos o videos comprometedores o íntimos de sí mismo o de otras personas a través de la red; descalificar o agredir a otros a través de crear o participar en grupos o producir textos o comentarios que ofendan o atenten contra la dignidad de una o varias personas. El usode cualquier red informática se debe hacer dentro de los cánones de la ley, la moral y el respeto.
      28.16. Propiciar o participar en situaciones de acoso o agresión sexual dirigidas a cualquier persona dentro o fuera de la comunidad.

      Artículo 29°. A discreción del Colegio y habiendo agotado los procedimientos e instancias previstos para tal efecto, la comisión de faltas de especial gravedad podrá sancionarse con las siguientes acciones pedagógicas; i) Matrícula Condicional; ii) No renovación de la matrícula; o iii) Cancelación de la matrícula.

      TÍTULO VI
      Uniformes

      Artículo 30º. Dependiendo de las actividades escolares, el Colegio exige el uso de los siguientes uniformes:

      30.1. Uniforme de gala. Se debe llevar con dignidad y respeto. Los estudiantes deberán portarlo los días viernes y en las demás ocasiones que se les informe. El uniforme se compone de:

      • Una chaqueta de paño azul oscuro, de botones azul oscuro y cierre sencillo con el escudo del Colegio bordado en el bolsillo izquierdo delantero (de 3º grado en adelante).
      • Un pantalón gris oscuro. De prejardín a 2º grado es pantalón gris oscuro corto.
      • Una camisa blanca de corbata. De prejardín a 2º grado es un buso blanco con el escudo del Colegio sobre el pecho en el lado izquierdo.
      • Medias negras, de 3º grado en adelante. De prejardín a 2º grado son blancas, hasta la rodilla.
      • Corbata con el diseño exclusivo del Colegio (de 3º grado en adelante).
      • Zapatos negros de cuero, con suela dura.

      Este uniforme es de uso obligatorio para todos los estudiantes del Colegio

        30.2. Uniforme de Educación Física. Para el caso de los estudiantes de Preescolar, el uniforme que se usará en las clases de Educación Física, se compone de una sudadera azul oscura con el escudo del Gimnasio Campestre, camiseta blanca con el escudo del Colegio impreso en el pecho, pantaloneta blanca, medias blancas y zapatos tenis. Para el caso de los estudiantes de Primaria y Bachillerato, estos podrán usar para sus clases de Educación Física el uniforme asignado para los juegos interclases, siendo el uniforme blanco de uso opcional.
        30.3. Uniforme scout de gala. Los miembros del grupo scout del Colegio podrán usar el uniforme scout en lugar del uniforme de gala en las ocasiones y condiciones que el Colegio establezca.
        En estos casos, el uniforme scout deberá ser portado de acuerdo con lo establecido por la Nación Scout y todos los miembros del Colegio podrán exigir su porte adecuado como lo harían con el uniforme de gala. El uniforme scout se compone de:

        • Zapatos negros de cuero.
        • Medias negras.
        • Pantalón de dril azul oscuro.
        • Reata negra.
        • Camisa azul de manga larga (debe utilizarse con las mangas extendidas sin arremangar durante ceremonias).
        • Camiseta blanca debajo de la camisa.
        • Insignias cosidas a la camisa según sus adelantos.
        • En el caso de miembros investidos del grupo, deben usar la pañoleta.

          TÍTULO VII
          Servicios especiales
          Cafetería o comedor

          Artículo 31°. La utilización del servicio de comedor o cafetería exige el cumplimiento de las siguientes normas:

          31.1. Respetar y cumplir los horarios establecidos para la utilización del servicio. Cuyo uso requiere haber pagado su valor o ser invitado por la administración.
          31.2. Guardar la compostura, utilizar un tono de voz moderado y tener un comportamiento respetuoso y adecuado a las buenas maneras.
          31.3. Ingresar en orden y respetar las filas y turnos de los compañeros.
          31.4. Contribuir al funcionamiento y al aseo depositando bandejas, platos, cubiertos y vasos en los sitios asignados y los elementos desechables en las canecas o recipientes correspondientes.
          31.5. Utilizar los cubiertos adecuadamente y mantener buenos modales en la mesa.
          31.6. Cuidar los distintos implementos dispuestos para el servicio de comedor.

          31.7. No retirar elementos del menaje del comedor.
          31.8. No pararse en los asientos, ni usar implementos que perturben la tranquilidad propia del comedor.
          31.9. Permanecer en el comedor sin ingresar a la cocina y a las áreas internas de la dependencia.
          31.10. Dar buen trato a las personas que atienden el servicio.

          Horarios de funcionamiento. La prestación del servicio de cafetería o comedor para el almuerzo de los estudiantes será realizada dentro de los siguientes horarios:

          • Preescolar: 11:20 a.m.
          • Primaria: 11:45 a.m.
          • Bachillerato: 12:40 p.m.

          Tienda escolar

          Artículo 32°. La utilización de la tienda escolar exige observar las siguientes normas:

          32.1. Guardar compostura y comportamientos acordes con el respeto y las buenas maneras.
          32.2. Respetar y dar buen trato a las personas que atienden el servicio.
          32.3. Pagar en efectivo los artículos solicitados.
          32.4. Mantener el orden respetando las filas y turnos de los compañeros.
          32.5. Contribuir al aseo depositando los empaques y los elementos desechables en las canecas o recipientes correspondientes.

          Horarios de funcionamiento. La tienda escolar del Colegio estará abierta a los estudiantes de Primaria y Bachillerato en los siguientes horarios:

          • Primaria:
            Lunes a jueves
            9:45 a.m. a 10:15 a.m.
            11:45 a.m. a 12:45 p.m.
            Viernes
            8:45 a.m. a 9:15 a.m.
            11:45 a.m. a 12:45 p.m.
          • Bachillerato:
            Lunes a jueves
            10:00 a.m. a 10:40 a.m.
            12:40 p.m. a 1:40 p.m.
            Viernes
            10:40 a.m. a 11:20 a.m.
            12:40 p.m. a 1:40 p.m.

          Biblioteca escolar

          Artículo 33°. La utilización de la biblioteca del Gimnasio Campestre está sometida al reglamento que rige para el Proyecto de Biblioteca y a las siguientes normas generales:

          33.1. Portar únicamente los útiles estrictamente necesarios.
          33.2. Para hacer uso de la biblioteca todo estudiante debe portar el carné del Colegio vigente.
          33.3. No ingresar libros, morrales, bolsos, balones, juguetes o similares.
          33.4. No ingresar ni consumir alimentos de naturaleza alguna.
          33.5. Mantener silencio y compostura acordes con los buenos modales y la naturaleza de la lectura.
          33.6. Respetar a las personas que atienden el servicio.
          33.7. Dejar los libros utilizados sobre las mesas y las sillas debidamente colocadas.

          33.8. Dañar un libro propiedad de la biblioteca, requiere que el estudiante realice su respectiva reposición, la cual deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca el daño. Si el estudiante no repone el libro dañado dentro del plazo previsto para tal efecto, el Colegio podrá cobrar a los padres el valor del mismo.

          Horarios de funcionamiento. La biblioteca del Colegio estará abierta a los estudiantes en los siguientes horarios:

          • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
          • Viernes: 7:00 a.m. a 2:30 p.m.

          Coliseo Deportivo

          Artículo 34°. La utilización del Centro Cultural y Deportivo “Alfonso Casas Morales”, exige la observación y cumplimiento de las siguientes normas:

          34.1. Respetar el mobiliario que se encuentra dentro de sus instalaciones y la silletería de las graderías, haciendo uso de ellas de la manera adecuada, sin pisarlas, ni apoyar los pies sobre el espaldar.
          34.2. Respetar a las personas encargadas de su mantenimiento y aseo, manteniendo sus instalaciones en debido orden.

          34.3. Abstenerse de consumir bebidas o alimentos, dentro de sus instalaciones.
          34.4. Abstenerse de practicar deportes o desarrollar actividades diferentes a las establecidas dentro de sus instalaciones (baloncesto, voleibol, microfútbol, hockey, tenis de mesa, ajedrez, gimnasia, atletismo y clases de Educación Física) y no utilizar balones de fútbol en ellas.

          34.5. No colgarse de los aros dispuestos en sus muros para la práctica deportiva, ni de las colchonetas de protección.
          34.6. No retirar las rejas de protección bajo ningún pretexto.

          34.7. Mantener los baños y camerinos en perfecto estado de aseo.
          34.8. El daño de cualquiera de las instalaciones o materiales del coliseo amerita su reposición cumpliendo con sus características de calidad dentro del tiempo estipulado.
          34.9. Al coliseo se podrá acceder para realizar prácticas deportivas durante los recesos cuando no esté ocupado con el desarrollo de otra actividad.

          Balonera y Oficina de objetos perdidos

          Artículo 35°. La utilización del servicio de balonera y oficina de objetos perdidos exige el cumplimiento de las siguientes normas:

          35.1. Dar buen trato a las personas que atienden estos servicios.
          35.2. Respetar los horarios establecidos para la utilización de estos servicios.
          35.3. Respetar la fila y los turnos de los compañeros.
          35.4. Entregar maletas de hockey e implementos deportivos (balones, raquetas, cascos, guantes, rodilleras, etc.) a fin de que sean guardados por esta oficina hasta el momento de su uso en recreos o en Escuelas de Formación. La persona encargada entregará un número al dueño del objeto y lo relacionará en una planilla.
          35.5. En caso de que el estudiante dueño del objeto no lo retire de la balonera durante el año escolar, se le enviará un correo al finalizar el año para solicitar que el objeto sea recogido, de lo contrario pasará a considerarse objeto perdido y se entregará en donación a la Fundación para la Promoción Humana.
          35.6. Los objetos que sean llevados a la oficina de Objetos Perdidos y no sean reclamados por sus dueños después de un año, al finalizar el año escolar se donarán a la Fundación para la Promoción Humana; los libros y uniformes que no estén marcados y no hayan sido reclamados irán a la oficina de la Asociación de Padres de Familia para su venta como artículos de segunda. Los objetos de valor como billeteras, aparatos electrónicos y gafas permanecerán en la oficina del Economato.
          35.7. Los padres de familia podrán recuperar los objetos de sus hijos dejados en la balonera o en la oficina de objetos perdidos dentro de los horarios asignados para estos servicios.
          35.8. La recuperación de los objetos perdidos se podrá hacer previo cumplimiento de las condiciones establecidas para el efecto.

          Horarios de funcionamiento.

          • Lunes a jueves
            6:30 a.m. a 6:50 a.m.
            7:10 a.m. 7:30 a.m.
            9:45 a.m. a 10:40 a.m.
            11:45 p.m. a 1:40 p.m.
            2:40 p.m. a 3:00 p.m.
          • Viernes
            6:30 a.m. a 6:50 a.m.
            7:10 a.m. 7:30 a.m.
            8:40 a.m. a 9:15 a.m.
            10:30 a.m. a 11: 20 a.m.
            11:45 p.m. a 1: 40 p.m.
            2:40 p.m. a 3:00 p.m.

          Transporte escolar

          Artículo 36°. El Colegio no presta el servicio de transporte a los estudiantes ya que éste es prestado por una o más empresas de transporte debidamente constituidas y especializadas en el ramo. Su utilización es opcional y los padres de familia deberán suscribir con la empresa el respectivo contrato de transporte escolar.
          Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio ejercerá una vigilancia permanente sobre la prestación del servicio y por ello, su utilización obliga a los estudiantes a observar las siguientes normas:

          36.1. Respetar y cumplir los horarios, rutas y paraderos asignados. Para la utilización del servicio de transporte escolar, es indispensable haber cancelado el valor oportunamente o ser invitado por la administración.
          36.2. Respetar a las personas responsables de la ruta y del servicio.
          36.3. Tener un comportamiento adecuado al interior de la ruta, con los peatones, los otros vehículos y el ambiente externo al bus.
          36.4. Mantener el aseo del vehículo, no comer adentro de él y no arrojar basuras a la calle.
          36.5. Únicamente se permitirá el cambio de ruta o de paradero al interior de la misma, a los estudiantes, previa autorización escrita de parte de los padres y solamente si hay cupo disponible dentro de la misma.
          36.6. Solo se autorizará la salida de un niño con otras personas distintas a sus padres y dentro del horario escolar, previa comunicación al Director de Grupo o al Coordinador de Convivencia.
          36.7. Como medida de seguridad cuando se necesite recoger a un estudiante en el Colegio, sus padres deben enviar por escrito la correspondiente nota al Director de Grupo o al Coordinador de Convivencia para que autoricen la salida y se lo informen al Coordinador de Transporte.
          Parágrafo. Como el Colegio no presta el servicio de transporte escolar, no es responsable de los eventos o dificultades que se puedan presentar en su prestación. En el evento en que los padres de familia opten por utilizar servicios de transporte diferentes a los arriba mencionados, el Colegio no se hace responsable por ningún daño o perjuicio que dicho servicio de transporte llegare a ocasionar al estudiante. Los padres asumirán enteramente la responsabilidad de vigilar que los servicios de transporte escogidos con personas o empresas diferentes a las mencionadas en este artículo cuenten con todos los requisitos, licencias, autorizaciones, y medidas de seguridad para transporte escolar que exijan las autoridades legales competentes. El Colegio no tiene ninguna obligación con los transportadores contratados directamente por los padres, ni está obligado a permitir el ingreso de los vehículos a las instalaciones del Colegio.

          Culturales y deportivos

          Artículo 37°. El comportamiento de los estudiantes del Gimnasio Campestre en los eventos culturales y deportivos se sujetará a las siguientes normas, que se adoptan en seguimiento del manual o reglamento de la UNCOLI.

          37.1. Normas:

          37.1.1. Todos los integrantes de los equipos, de las barras y de los jueces que asistan a un partido, deben conocer este reglamento y colaborar para que se cumpla. Cada barra debe tener un delegado. Quien no cumpla lo anterior puede ser retirado del Colegio anfitrión.
          37.1.2. Tiene que existir respeto mutuo entre las barras, fomentando la barra “a favor de” y evitando conductas desafiantes o despectivas, como por ejemplo Los cánticos, comentarios o burlas “en contra”; la invasión provocadora de espacios o irrespeto hacia los símbolos.
          37.1.3. Se deben respetar las normas internas de cada colegio visitado. Estas incluyen:

          37.1.3.1. Cuidar las instalaciones.
          37.1.3.2. No utilizar elementos explosivos.
          37.1.3.3. No entrar embriagado, ni drogado.
          37.1.3.4. No tomar licor, ni fumar.
          37.1.3.5. Dejar limpios los lugares que se utilicen.
          37.1.3.6. No se permiten elementos cuyo sonido pueda afectar, según el criterio de los jueces, el normal desarrollo de la actividad.
          37.1.3.7. Circular únicamente por el sitio donde se desarrolla la actividad.
          37.1.3.8. Los elementos de humo sólo son permitidos en espacios abiertos y a criterio del Colegio sede.
          37.1.3.9. Si existen normas adicionales en alguno de los colegios, éstas deben ser anotadas en una cartelera que sea visible

          37.2. Consecuencias en caso de incumplimiento.

          37.2.1. Con relación a la norma 37.1.1., el estudiante no podrá entrar al colegio o será retirado de él.
          37.2.2. Con relación a la norma 37.1.2., le será llamada la atención al provocador, solicitando cambio en su comportamiento.
          También se podrá retirar de las instalaciones del colegio a quien repita las provocaciones. Si no acepta, se suspende la actividad hasta que se retire. Si no lo hace, el encuentro se cancela.
          Si hay un ambiente de tensión, la actividad se suspenderá hasta que éste disminuya. En caso de necesidad, la actividad será cancelada.
          De llegar a la agresión física o que un partido tenga que suspenderse, el equipo infractor o culpable será sancionado por lo menos con un (1) partido por W. O. Si las circunstancias lo permiten, debe ser el partido del día; si los sucesos son posteriores al partido, no podrá jugar el siguiente. Las situaciones de irrespeto o agresión se comunicarán a las directivas del colegio y a la Junta Directiva de la UNCOLI.
          37.2.2.1. Con relación a la norma 37.1.3. y concretamente al punto 37.13.1., el estudiante será responsable de pagar los daños causados. Si el daño se produce por vandalismo, el estudiante será retirado de las instalaciones del colegio que visita y el equipo de su colegio, será sancionado con la pérdida de un (1) partido.
          37.2.3. Con relación a los puntos 37.1.3.2, 37.1.3.3, y 37.1.3.4, el estudiante será retirado de las instalaciones del colegio.
          37.2.4. Con relación a los puntos 37.1.3.5 al 37.1.3.8., se le llamará la atención al estudiante y, en caso de reincidencia, retiro de las instalaciones del colegio.
          37.2.5. Toda persona tiene autoridad para solicitar que se cumpla este reglamento, aunque es función del delegado tomar siempre la iniciativa.
          37.2.6. La agresión a un delegado será considerada falta grave.
          37.2.7. Todo comportamiento que amerite sanciones de cancelación o pérdida de partidos, o cobros por hechos de vandalismo, serán informados al colegio involucrado y a la Junta Directiva de la UNCOLI.
          37.2.8. El colegio que reciba tres (3) de estas sanciones durante un año escolar, será suspendido un año de las actividades.
          37.2.9. Este reglamento será aplicado en todas las situaciones que tengan lugar antes, durante y después de los eventos organizados.

          Servicio de orientación profesional

          Artículo 38°. El Servicio de Orientación Estudiantil está a cargo del Departamento de Psicología, que participa activamente del bienestar integral de los estudiantes a través del diseño de actividades y programas que se relacionan con el desarrollo de los procesos socio afectivos, cognitivos y de salud. En desarrollo de sus funciones de ley, presta atención individual a los miembros de la comunidad que la solicitan o la requieran.

          Para utilizar el servicio se deben observar las siguientes normas:

          38.1 . Análisis de caso en Comité de Grado.
          38.2. Autorización de los padres de familia para remisión.
          38.3. Diligenciamiento del formato de remisión y aval de Coordinación Académica.
          38.4. Los espacios y horarios de atención se acordarán con el estudiante, previo aviso al profesor.

          Artículo 39°. El C.A.P. – Centro de Apoyo Pedagógico – del Gimnasio Campestre es un espacio diseñado para lograr el desarrollo, fortalecimiento y optimización de las habilidades necesarias para el aprendizaje y buen desempeño escolar de los estudiantes.
          Se benefician de los servicios del C.A.P. aquellos gimnasianos que requieren algún tipo de apoyo pedagógico para alcanzar las metas académicas mediante tres formas de intervención:

          • Fonoaudiología: Encaminada a fortalecer las habilidades del pensamiento, el lenguaje oral (articulación y trabajo lingüístico), lenguaje lectoescrito y la comunicación para el aprendizaje.
          • Terapia Ocupacional: Encargada de optimizar las habilidades sensoriomotoras, grafomotoras, viso-perceptuales y atencionales que permiten el desempeño adecuado en las actividades de la vida diaria, lo que permite que los estudiantes asuman su rol en cada situación de forma independiente y autónoma.
          • Apoyo pedagógico: Encargado de fortalecer los procesos académicos en áreas como Español, Ciencias Sociales, Filosofía, Inglés, Matemáticas, Física y Química, cuando los estudiantes presentan dificultades en su metodología de estudio o tienen problemas con algún prerrequisito.
          • Para el ingreso al C. A. P., los directores de grupo diligencian el formato de remisión que incluye las recomendaciones sugeridas por el Comité de Grado y debe ser avalado por el coordinador académico de la sección correspondiente, previo conocimiento y autorización por parte de los padres del estudiante.
          • Los tiempos de atención son acordados con los padres de familia, en los horarios dispuestos por el C. A. P. Las familias recibirán en primera instancia un informe de evaluación y posteriormente seguimientos periódicos por parte del Centro de Apoyo Pedagógico.

          Audiovisuales

          Artículo 40°. La oficina de audiovisuales hace parte del Departamento de Sistemas, y ofrece el servicio de préstamo individual y grupal de dispositivos tecnológicos, operación que está sometida al reglamento oficial que la rige y a las siguientes normas generales:

          40.1. Dar buen trato a las personas que atienden en la oficina y en los diferentes servicios.
          40.2. Para poder solicitar dispositivos o cualquier otro elemento en calidad de préstamo, el estudiante deberá presentar el carné del Colegio vigente.

          40.2.1.En el momento de recibir el dispositivo o cualquier otro elemento en calidad de préstamo, el estudiante deberá verificar su perfecto estado, firmar la planilla de recibido correspondiente y comprometerse a reportar cualquier daño o novedad en el menor tiempo posible.

          40.3. Contribuir a mantener en buen estado todos los dispositivos y elementos tecnológicos con los que cuenta el Colegio para el apoyo de clases y actividades en general. De la misma manera, con los elementos y dotación tecnológica con los que cuentan los auditorios y aulas de clase para el apoyo de la gestión académica.
          40.4. El préstamo de dispositivos y elementos tecnológicos tendrá un plazo máximo de 12 horas y la devolución de los mismos deberá realizarse el mismo día de la solicitud. Cualquier autorización especial, solo podrá ser otorgada por la Coordinación de Sistemas.
          40.5. Respetar y cumplir los horarios establecidos y pactados para el préstamo y uso de los dispositivos tecnológicos con los que cuenta el Colegio. De la misma manera, para el uso de los Auditorios y espacios dispuestos para el apoyo de la gestión académica.

          SANCIONES: En el caso del no cumplimiento de los numerales 40.3. y 40.4. y 40.5, se activará el siguiente plan de sanciones:

          Incumplimiento en el horario de entrega (diario)

          ReincidenciaSanción
          1ra vezSin servicio 8 días
          2da vezSin servicio 15 días
          3ra vezSin servicio 1 mes
          4ta vezObservación desde la Coord. de Convivencia - Sin servicio 1 trimestre.

          Si la persona sobrepasa el día o la realiza otra persona.

          ReincidenciaSanción
          1ra vezSin servicio 15 días
          2da vezSin servicio 1 mes
          3ra vezSin servicio 1 trimestre
          4ta vezObservación desde la Coord. de Convivencia - Sin servicio el resto del año académico

          Si no se realiza entrega o se realiza, pero el dispositivo o elemento se encuentra dañado.

          Si el elemento es encontrado por una persona o instancia diferente de la comunidad, quien es la que realiza la devolución:

          ReincidenciaSanción
          1ra vezSin servicio 1 mes
          2da vezSin servicio 1 trimestre
          3ra vezObservación desde la Coord. de Convivencia - Sin servicio el resto del año académico

          Si el elemento no aparece, o si al momento de hacer la devolución el dispositivo o elemento se encuentra en malas condiciones o está dañado.

          * Se reportará la situación al Director de Grupo respectivo, a la Coordinación de Convivencia y a la Dirección Administrativa.

           

          ReincidenciaSanción
          1ra vezSe genera el cobro respectivo - sin servicio un Trimestre.
          2da vezSe genera el cobro respectivo – sin servicio el resto del año académico.

          TÍTULO VIII
          Costos educativos

          Artículo 41°. La operación del Colegio se financia mediante el cobro de los siguientes conceptos, todos ellos autorizados por la ley 115 de 1994, el decreto 2253 de 1995 y el decreto 529 de 2006:

          Matrícula: Es la suma que se paga al momento de formalizar la vinculación del estudiante al Colegio o cuando esta vinculación se renueva cada año lectivo y su valor equivale al nueve punto cero nueve por ciento (9.09%) de la tarifa anual aprobada para el Colegio por la Secretaría de Educación Distrital. Este valor debe pagarse una vez al año.

          Pensión: Es la suma anual que se paga como contraprestación por el derecho del estudiante a participar de los servicios educativos que ofrece el Colegio durante el respectivo año académico. Su forma y modalidades de pago se encuentran establecidas en el respectivo contrato de matrícula.

          Restaurante: El servicio de restaurante o cafetería es de carácter opcional y sólo deben pagarlo aquellos estudiantes que lo tomen. Se factura con cada una de las mensualidades, en la forma y términos establecidos en el contrato de matrícula.

          Otros cobros: Con el pago de la matrícula para los grados 8°, 9°, 10° y 11° es: deben pagarse además los valores correspondientes a Manual de Convivencia, seguro de accidentes, sistematización, papelería, carné estudiantil, participación en programas especiales y bibliobanco. Los estudiantes de undécimo grado (11°), además cancelarán los derechos de grado. Estos conceptos deben pagarse una vez al año.

          Parágrafo: Las tarifas de matrículas, pensiones, cobros periódicos (restaurante) y otros cobros se fijan con base en el estudio de costos y servicios educativos elaborado por la Dirección Administrativa y, específicamente, en el resultado del proceso de autoevaluación y clasificación previsto para establecimientos educativos privados, que el Colegio debe realizar anualmente. Los incrementos que se aplican en dichas tarifas, son aprobados por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Distrital.

          GradosTarifa anual (Pensión y matrícula)Alimentación
          Prejardín36.076.9214.525.000
          Jardín35.790.0004.525.000
          Transición35.807.4564.525.000
          Primero35.807.4563.308.200
          Segundo35.807.4603.308.200
          Tercero35.807.4563.308.200
          Cuarto34.622.5563.308.200
          Quinto34.332.6083.308.200
          Sexto34.665.9323.308.200
          Séptimo32.768.0763.308.200
          Octavo31.413.1803.308.200
          Noveno30.126.7843.308.200
          Décimo28.041.8163.308.200
          Once26.027.0143.308.200
          Otros cobros 
          Derechos de grado 11º73.859
          Manual de convivencia (10º - 11º)53.131
          Papelería (10º -11º)193.151
          Sistematización (10° - 11°)51.672
          Bibliobanco digital (10° - 11°)68.605

          TÍTULO IX
          Sistema de evaluación institucional

          Artículo 42°.Conceptos Básicos. El presente Sistema de Evaluación Institucional responde a las disposiciones legales vigentes y al Modelo Pedagógico del Gimnasio Campestre. Por evaluación se entiende el conjunto de valoraciones o juicios sobre el progreso y avance en el desarrollo de las capacidades, habilidades, destrezas y competencias del estudiante a lo largo del proceso escolar, evidenciados en la adquisición de conocimientos básicos y en el desarrollo de competencias en cada curso y grado.
          El Gimnasio Campestre asume la evaluación desde la perspectiva de un proceso integral, continuo, sistemático, flexible, participativo y con carácter formativo que da cuenta del progreso de todos y cada uno de los estudiantes respetando y promoviendo su individualidad en el marco de una sociedad del conocimiento donde la cultura de la evaluación supera el ámbito del aula de clase, para dar paso a un estilo de vida que obliga al mejoramiento continuo de todas las dimensiones del ser humano en crecimiento, por ello el marco general de evaluación del Colegio será la evaluación para el aprendizaje.
          Los procedimientos de evaluación integral del Gimnasio Campestre se establecen en correspondencia con las finalidades del Proyecto Educativo Institucional, de tal manera, que la evaluación sea promotora de la realización personal de los estudiantes y sea medio para lograr que los ideales y la filosofía de la educación, que se proponen en él, se realicen cabalmente.
          Para garantizar la participación de toda la comunidad gimnasiana en la construcción del presente sistema institucional de evaluación, todos los años se le incluirá en el Manual de Convivencia y se seguirá con él el mismo proceso de revisión, actualización y aprobación que se sigue con dicho manual.

          Artículo 43°.
          Los Planes de Estudios. El eje del sistema de evaluación lo constituye el Plan de Estudios de cada una de las asignaturas, en el cual se explicita todo aquello que los estudiantes deberán aprender y los criterios de calidad con que serán evaluadas sus producciones. Éste se compone de diferentes instrumentos:

          Las Competencias: Formas de pensamiento complejo en el que de manera conjunta, oportuna y eficiente el estudiante usa su conocimiento con una intencionalidad determinada. Éstas son: Gestión de la Información, Valoración Crítica, Creatividad y Metacognición, y son transversales y universales a todos los grados y asignaturas.

          Los Mapas de Dominio de Competencias (MDC): Descripción de los procesos que se entienden como necesarios en términos de habilidades para considerar que el estudiante es competente en el manejo de cada una de las cuatro competencias, en cada grado escolar. El MDC del grado se constituye el eje articulador de los esfuerzos académicos de todas las asignaturas en cada uno de los grados.

          Las Evidencias de Desempeño: Criterios de calidad preestablecidos para medir, mediante evidencias concretas, el desempeño del estudiante. Existen cinco evidencias de desempeño, ordenadas de mayor a menor, así: E (Excelente), S (Sobresaliente), B (Bueno), I (Insuficiente) y D (Deficiente). La mínima nota aprobatoria será B.
          Parágrafo. Las asignaturas que el Gimnasio Campestre desarrolla se enmarcan en tres Redes de conocimiento, de la siguiente manera:
          Red de Diseño y Desarrollo: (Matemáticas, Ciencias Naturales y Tecnología)
          Red de Perspectivas Sistémicas: (Lengua materna y extranjeras, Pastoral, Ética, Ciencias Sociales)
          Red de Plasticidad: estética y movimiento (Artes y Educación física)
          A las anteriores asignaturas se suman las que corresponden a investigación que de forma transversal se desarrolla en cada uno de los grados.

          Las asignaturas que conforman el Plan de Estudios vigente son las siguientes:

          Preescolar: Semillero de Investigación, Exploration Lab, Juego y Movimiento, Laboratorio de Movimiento Creativo, Taller de Lenguaje, Communication Lab, Pastoral y Discovering Research

          Primaria: STEM (Ciencias, Tecnología y Matemáticas), Lenguaje y Contexto (Sociales y Español), Leadership & Cultural Studies (Sociales e Inglés), Expresión Artística, Expresión musical, Pastoral, Habilidades y Destrezas Motoras, Texto y Contexto (Español y Sociales), Language Arts. (Inglés), Francés (a partir de cuarto), Matemáticas y Research Playground, Junior Research Lab

          Bachillerato:
          6°, 7°: Análisis de textos (Español), Literature & Composition (Inglés), Francés, Matemáticas, Realidad Nacional (Sociales), Talleres de Estética y Plástica, de Música y Narrativas Digitales, Táctica Deportiva y Motriz, Pastoral, Inventors Lab (Ciencias, tecnología y Matemáticas), Seminario de Investigación Explora.

          8° y 9°: Lectura Crítica (Español), Language in Academic Contexts (Inglés), Francés, Matemáticas, Global Awareness (Sociales), Aptitud Física y Deportes, Pastoral, Inventors Lab (Ciencias, tecnología y Matemáticas), Seminario de Investigación Explora, Programación, Emprendimiento y Fine Arts.

          10º y 11°: En estos grados las asignaturas responden a dos características, núcleo común y optativas.

          Núcleo común: Lectura Crítica (Español y Filosofía), Global Citizenship (Sociales e Inglés), Matemáticas Física y Tecnología, Biología y Estadística, Fine Arts, Aptitud Física y Deportes, Investigación de Grado, Ética, Química.

          Optativas (Suman un total de 8 horas y cada estudiante escoge entre 2 y 4): AP Calculus.
          Para efectos de promoción, todas las asignaturas que componen el Plan de Estudios vigente tienen el mismo valor.

          Artículo 44°. Evaluación del trabajo de los estudiantes. Durante cada trimestre académico todo trabajo, evaluación o actividad escolar que produzca un estudiante para ser evaluada por los profesores del Gimnasio Campestre será comparada por el profesor con las evidencias de desempeño correspondientes al producto asignado que se esté evaluando. El profesor evaluará este trabajo, exclusivamente, con las evidencias de desempeño correspondientes y asignará la letra que mejor se ajuste a la calidad del trabajo presentado para las competencias evaluadas en el mismo. Es obligación del profesor de la asignatura ingresar los resultados de cada ejercicio evaluado al sistema de procesamiento de notas tan pronto como produzca dicha evaluación.
          Parágrafo 1. Durante el trimestre el profesor de asignatura producirá dos tipos de notas, así:
          Las notas parciales: corresponderán a todos los trabajos, evaluaciones, tareas y demás ejercicios o formas de participación en clase que se den durante el trimestre y que permitan evaluar a través de los contextos disciplinares de la asignatura el nivel de competencia del estudiante. El número mínimo de notas parciales que el profesor deberá producir en cada trimestre serán 3, para cada una de las cuatro competencias.
          Parágrafo 2. El Comité de Grado undécimo podrá establecer, con autorización del coordinador académico del Bachillerato, que los resultados obtenidos por los estudiantes de undécimo grado en los exámenes de estado o en otras pruebas estandarizadas nacionales o internacionales que los estudiantes presenten, sean tenidas en cuenta como notas ordinarias de su trimestre. El Comité definirá las condiciones y asignaturas en que esto sucederá.

          Artículo 45°. Procesamiento de las notas del trimestre. Al finalizar cada trimestre el sistema procesará las notas correspondientes a cada asignatura, así:

          Criterio de calidadRango
          Cero0
          Deficiente0,1 - 44,9
          Insuficiente45 - 59,9
          Bueno60 - 74,9
          Sobresaliente75 - 89,9
          Excelente90 - 100

          a) Internamente, el sistema de procesamiento de notas asignará un valor numérico a cada una de las evidencias de desempeño, acorde con la siguiente escala numérica. Cuando cada una de las letras de calificación adquiere el valor numérico, éste se mantiene exacto sin modificación por aproximaciones.
          b) Con esta valoración el sistema promediará las notas parciales por competencia para tener una nota definitiva de cada una de ellas.
          c) Las definitivas de las cuatro competencias por materia se promediarán y con dicho promedio se determinará la nota definitiva para cada asignatura
          d) La nota será expresada en la misma escala numérica de 0 a 100 presentada en el literal a) de este artículo. Siendo el mínimo aprobatorio 60.
          e) Cuando un estudiante sin justa causa deje de presentar un trabajo de evaluación a tiempo o cuando se ausente de una evaluación sin la autorización correspondiente, el profesor ingresará un reporte de incumplimiento, en el sistema será promediado con las demás notas con un valor de cero (0).
          Igualmente, para el caso en el que un estudiante entregue una evaluación sin responder ninguna de las preguntas o; cuando el profesor determine presencia de fraude o plagio o; cuando el estudiante incurra en conductas contrarias al comportamiento esperado durante las evaluaciones y que afecten gravemente el desarrollo de estas actividades.
          Parágrafo 1: Si un estudiante no alcanza el mínimo esperado en alguna de las competencias en cualquiera de las asignaturas, el Colegio cuenta con las siguientes estrategias de apoyo:

          • Cada competencia se evaluará por lo menos tres veces durante cada trimestre. En caso de presentar dificultades, el estudiante tendrá un proceso de refuerzo en el tema específico que se le dificulta para buscar alcanzar el nivel esperado.
          • Parte fundamental del proceso de evaluación en el Gimnasio Campestre es la retroalimentación oportuna y de calidad. Por ello, ésta acompaña de forma sistemática cada una de las notas que se producen durante el trimestre través del mecanismo definido para cada sección del Colegio.
          • Si en el primer o segundo trimestre no se alcanza el mínimo esperado en alguna de las asignaturas, en el trimestre inmediatamente posterior el estudiante deberá presentar un proceso de recuperación cuya evaluación reemplazará la nota reprobatoria obtenida, cuando esto suceda la nota reprobatoria definitiva de la asignatura en el trimestre anterior se reemplazará por B, como mínimo aprobatorio. El proceso de recuperación de asignaturas no aprobadas en el primer y segundo trimestre se mantendrá abierto hasta el tercer periodo académico. En caso de no alcanzar el mínimo esperado en alguna de las asignaturas durante el tercer trimestre, el estudiante deberá presentar una recuperación en la siguiente semana después de finalizar las evaluaciones trimestrales.
          • Si un estudiante requiere algún tipo de apoyo académico durante el desarrollo de los trimestres, el profesor titular establecerá diversas estrategias para llevar a cabo dicho apoyo. En las áreas de Español, Inglés y Matemáticas y áreas afines, los estudiantes que presenten algunas dificultades se podrán inscribir en los apoyos específicos que se brinden desde esas áreas y Redes de Conocimiento, con las condiciones que se establezcan desde los líderes de Red y las Coordinaciones Académicas. Como instancia para apoyos pedagógicos especializados se encuentra el Centro de Apoyo Pedagógico (C.A.P.).
          • En todas las asignaturas del Colegio se incluirán procesos de auto evaluación de los estudiantes dentro de las actividades relacionadas con la cuarta competencia, la Meta Cognición (el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes que el estudiante debe poner en práctica para el continuo autoexamen, autocontrol, autorregulación y autocorrección de su pensamiento).

          Parágrafo 2: Los padres de familia recibirán informes periódicos del desempeño tres veces durante el año, al terminar cada uno de los trimestres. Los dos primeros informes reflejarán el desempeño en el trimestre correspondiente y el tercero incluirá los resultados definitivos del año en cada materia y, en consecuencia, la decisión sobre la promoción del estudiante. Igualmente, a la mitad de cada uno de los periodos académicos recibirán un reporte parcial de asignaturas cuyo propósito será analizar el desempeño del estudiante y planificar estrategias de mejora para lo que resta del trimestre, si fuere necesario.

          Artículo 46°. Aprobación de las asignaturas. Al concluir cada trimestre académico se producirá una nota final del trimestre para cada asignatura, con base en las notas de las cuatro competencias, y al final del año académico una nota definitiva de la asignatura.
          Para definir la nota de cada trimestre se deberán aprobar las notas definitivas de las 4 competencias que componen cada asignatura, siendo posible dos escenarios:
          Si el estudiante tiene notas aprobatorias en la definitiva de las cuatro competencias, se entenderá que ha aprobado la asignatura, y se le asignará la nota aprobatoria que le corresponda entre E (Excelente), S (Sobresaliente) y B (Bueno) según el promedio de las notas de las competencias.
          Por el contrario, si el estudiante obtiene notas aprobatorias solo en tres o menos de las definitivas por competencia, se entenderá que ha reprobado la asignatura y se le asignará la nota correspondiente a D (Deficiente) o I (Insuficiente).
          Para determinar la nota definitiva de la asignatura al final de cada año se tomarán las notas de cada uno de los trimestres y se promediarán. Los promedios se obtendrán con la misma valoración que se menciona en el literal a) del artículo 45°.Para la aprobación de las asignaturas al final del año, el estudiante deberá tener notas aprobatorias en los tres periodos académicos, de lo contrario será valorado como asignatura reprobada para el año escolar.
          Esta será la nota definitiva de cada asignatura que será tenida en cuenta para la promoción o reprobación de los grados.
          Para los estudiantes con bajo desempeño académico, el Colegio dispone de los mecanismos de recuperación, refuerzo y nivelación que son de obligatorio cumplimiento.

          Parágrafo 1. En caso de que un estudiante o padre de familia quiera presentar algún tipo de reclamo sobre la Evaluación y Promoción deberá cumplir el siguiente procedimiento:

          1. Dirigirse al profesor titular de la asignatura, previa lectura y comprensión del Mapa de Dominio de Competencias y de las Evidencias de Desempeño respectivas.
          2. En caso de no resolver el reclamo en la instancia anterior, acudir a los líderes de la Red de Conocimiento correspondiente.
          3. Finalmente, la Coordinación Académica será la encargada de atender el reclamo en caso de no resolverse en ninguna de las dos instancias anteriores.

          Parágrafo 2. Para solicitar un segundo calificador de cualquier actividad académica, el estudiante debe:

          1. Informar al profesor titular responsable de la actividad en cuestión.
          2. Enviar una carta a los líderes de la Red de Conocimiento respectiva y al coordinador académico del Grado, en la que explicite la calificación con la cual está en desacuerdo, exponiendo sus razones con base en la revisión de las Evidencias de Desempeño correspondientes y el Mapa de Dominio de Competencias.

          El líder de Red será el responsable de calificar por segunda vez la actividad según los criterios establecidos en el plan de estudios. Si el líder de Red es el profesor titular de la asignatura, la Coordinación Académica respectiva asignará un profesor para tal efecto.

          Artículo 47°. Informes de evaluación. En el Gimnasio Campestre la valoración de cada asignatura, en cada trimestre y en la definitiva del año, se expresará en los siguientes términos:
          La mínima nota aprobatoria de cada asignatura será 60 en la escala numérica lo que equivale a B (Bueno).
          I (Insuficiente) y D (Deficiente) son notas que indican un índice muy bajo de logro y, en consecuencia, la reprobación de la materia.
          El reporte de notas presentará también una visión cualitativa del desempeño del estudiante en lo corrido del año y una gráfica del desempeño general del estudiante en las cuatro competencias, por ciclos de años.
          Parágrafo 1: En todos los grados funcionarán periódicamente los Comités de Grado, integrados por todos los profesores asignados a cada grado y cuyo funcionamiento es permanente a lo largo del año escolar. Estos comités se constituyen en las Comisiones de Evaluación y Promoción y tienen las atribuciones y competencias que la ley les confiere.
          Parágrafo 2: Cuando un estudiante falta sin justa causa a más del veinticinco por ciento (25%) de las clases de una determinada asignatura o más, se entenderá reprobada la materia. Esta inasistencia sistemática se considera, además, una falta grave en los términos del artículo 22 del presente manual.
          Parágrafo 3: Para efectos de establecer relación entre los resultados obtenidos por los estudiantes y la escala de valoración nacional, el Gimnasio Campestre adopta los siguientes criterios de equivalencia:

          Criterios de calidadEquivalencia
          DeficienteDesempeño bajo
          InsuficienteDesempeño bajo
          BuenoDesempeño básico
          SobresalienteDesempeño alto
          ExcelenteDesempeño superior

          Promoción y reprobación de los grados. En el Gimnasio Campestre, tal y como lo establece la ley 115 de 1994 y el decreto 1290 de 2009, no existe promoción académica automática de un grado a otro en ninguno de los grados y ciclos (preescolar, educación básica y media). Esto significa que un estudiante del Gimnasio Campestre es promovido de un grado a otro sólo en la medida en que cumpla con los criterios establecidos para cada grado. No se cumple con los criterios de un grado y por consiguiente se reprueba el curso cuando:
          a) Se obtiene una nota reprobatoria definitiva en tres (3) o más asignaturas.
          b) Se ha dejado de asistir al veinticinco por ciento (25%) o más del tiempo total de clase de cada asignatura en el grado respectivo
          La reprobación en el Gimnasio Campestre se da en cada grado desde Primero (1º) hasta Undécimo (11º) grado con la perdida de tres (3) o más asignaturas. En los grados de Educación Preescolar, es decir en Pre jardín, Jardín y Transición, no se reprueba.
          En conversación con los padres, y en consideración a la situación del estudiante, el Colegio podrá recomendar la no promoción al grado siguiente.

          Parágrafo 1. Al concluir el año escolar, el Colegio diseñará un plan de trabajo para los estudiantes que reprobaron una (1) o dos (2) asignaturas, el cual deberán desarrollar para presentar evaluación durante la primera semana del año escolar siguiente. En caso de reprobar, deberá comprometerse a nivelarse durante el año que inicia. En cualquiera de los casos el estudiante podrá ser matriculado en el grado siguiente.
          Parágrafo 2. El Colegio aplicará el proceso de promoción extraordinaria tal como lo estipula la Ley en el Decreto 1290 Artículo 7.
          Parágrafo 3. Después de analizar cada caso del grado el Comité de Evaluación y Promoción, en los casos en que el considere que la reprobación del grado obedece a causas particulares del proceso del estudiante que pueden ser subsanadas con un esfuerzo adicional durante el período de vacaciones, éste ofrecerá al estudiante la posibilidad de presentar pruebas de promoción extraordinaria antes de empezar el siguiente año lectivo. El Comité de Evaluación y Promoción no ofrecerá estas pruebas en ninguna de las dos siguientes situaciones:
          a) Cuando el grado reprobado sea quinto (5º), décimo (10º) o undécimo (11º) grado.
          b) Cuando el estudiante ya haya sido promovido en su historia académica anterior mediante pruebas de promoción extraordinaria.
          Para que un estudiante que presenta las pruebas de promoción extraordinaria sea promovido al próximo grado, deberá aprobar todas las evaluaciones preparadas para tal fin. Si no aprueba cualquiera de las pruebas presentadas, no será promovido.
          Parágrafo 4. Los Comités de Evaluación y Promoción, con la asistencia de la Coordinación Académica considerarán y definirán la conveniencia de repetir el grado a aquellos estudiantes que hayan obtenido valoraciones reprobatorias en las asignaturas de Matemática, Español o Inglés durante dos (2) o más grados consecutivos en la Educación Básica.
          Parágrafo 5. Los estudiantes de Undécimo (11º) grado deben elaborar un trabajo de investigación por escrito sobre un tema específico (Investigación de Grado), como uno de los requisitos indispensables para optar por el título de bachiller académico, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Coordinación Académica.
          Parágrafo 6. Cuando un estudiante repruebe por primera vez en su historia escolar un grado, el Comité de Evaluación y Promoción podrá ofrecerle la oportunidad de repetirlo en el Gimnasio Campestre si su historia académica y disciplinaria permite suponer que esta repetición es conveniente y tiene posibilidades de éxito. Cuando el estudiante haya reprobado en el pasado cualquier grado en el Colegio no podrá repetir su año y deberá retirarse del Gimnasio Campestre.
          Parágrafo 7. Transitorio. Siguiendo las directrices del Ministerio y la Secretaría de Educación frente a la situación de atención a la pandemia, el Colegio podrá hacer adaptaciones en lo correspondiente a la evaluación de los estudiantes, con el objeto de favorecer los procesos de aprendizaje y garantizando el principio de favora bilidad en el proceso individual de cada uno de los estudiantes del Colegio. Esta medida es de carácter temporal.

          Artículo 49º. El coordinador académico de cada sección hará un Llamado de Atención Académico al estudiante que a juicio del Comité de Grado haya desatendido deliberada e injustificadamente sus obligaciones académicas o haya desmejorado significativamente la calidad de su trabajo sin justa causa, expresado en dos ceros (0), obtenidos en dos trabajos diferentes de una misma o diferente asignatura durante un trimestre.
          El Llamado de Atención Académico deberá entregarse al estudiante en una reunión con sus padres y con una explicación suficiente de las causas que lo motivaron. Dentro de los tres días hábiles siguientes el estudiante y sus padres podrán solicitar al Rector que revise esta decisión. El Rector decidirá en los tres días hábiles siguientes si retira el llamado o lo mantiene en firme.
          En los términos del artículo 28°, literal 28.11 del presente manual, la acumulación de tres Llamados de Atención Académicos en el año configurará una falta de especial gravedad que dará lugar a que el Comité de Grado solicite al Comité de Convivencia la imposición de una Matrícula Condicional. Si a juicio del Comité de Evaluación y Promoción el estudiante no cumple cabalmente con las condiciones de esa Matrícula Condicional, estará facultado para no renovar la matrícula para el año escolar siguiente.
          En el caso de los estudiantes de 11° grado podrá decidir que, como sanción, el estudiante no asista a la ceremonia de grado.

          TÍTULO X
          Uso de la tecnología

          Artículo 50°. Con relación al uso adecuado de la tecnología en el Gimnasio Campestre, los estudiantes deben:

          50.1. Asumir la responsabilidad absoluta por su usuario de Phidias, cuenta de correo electrónico, cuentas en redes sociales, etc.; por tanto, deben asegurarse de mantener sus contraseñas privadas y seguras, y darles un buen uso. La recolección, posesión o utilización de contraseñas o información confidencial perteneciente a otros usuarios o al Colegio, está terminantemente prohibida y será considerada como falta de especial gravedad según lo establecido en el artículo 28° del presente manual.
          50.2. Acceder a la red del Colegio con el perfil de usuario establecido para ello en aras de garantizar su seguridad, respetar el control de información no apropiada y contribuir al óptimo funcionamiento de la red global de la Institución. El uso de otros perfiles de usuario será sancionado por el Departamento de Sistemas.

          50.1. Asumir la responsabilidad absoluta por su usuario de Phidias, cuenta de correo electrónico, cuentas en redes sociales, etc.; por tanto, deben asegurarse de mantener sus contraseñas privadas y seguras, y darles un buen uso.
          La recolección, posesión o utilización de contraseñas o información confidencial perteneciente a otros usuarios o al Colegio, está terminantemente prohibida y será considerada como falta de especial gravedad según lo establecido en el artículo 28° del presente manual.
          50.2. Acceder a la red del Colegio con el perfil de usuario establecido para ello en aras de garantizar su seguridad, respetar el control de información no apropiada y contribuir al óptimo funcionamiento de la red global de la Institución. El uso de otros perfiles de usuario será sancionado por el Departamento de Sistemas.
          50.3. Abstenerse de guardar, transmitir o publicar información cuando hacerlo constituya una violación a los derechos de autor. El uso indebido de la información será sancionado como falta grave según lo establecido en el literal 26.9 del presente manual.
          50.4. Hacer buen uso de los equipos y recursos tecnológicos del Colegio, propios o de otros usuarios acatando los reglamentos establecidos.
          50.5 Ser responsables del contenido que publican en los sitios dispuestos para ello por el Colegio (portal web, documentos compartidos, wikis, blogs, etc.), así mismo del contenido publicado en redes sociales como Facebook o sitios de publicación como YouTube; éstos son considerados como espacios institucionales si utilizan el nombre o imagen del Gimnasio Campestre.
          50.6. Abstenerse de enviar premeditadamente, a través de las plataformas determinadas por el Colegio, archivos corruptos o falsos como cumplimiento de actividades académicas asignadas por los profesores. Al considerarse un intento de engaño, será sancionado como falta grave según lo establecido en el numeral 26.6. del presente manual.

          Artículo 51°. Uso de celulares y aparatos electrónicos:
          51.1. Solo los estudiantes de Bachillerato podrán traer al Colegio teléfono celular. Este debe permanecer fuera de aula de clase; de lo contrario; de ser decomisado, se le devolverá al estudiante ocho (8) días después. A los estudiantes de Preescolar y Primaria no les está permitido traer teléfono celular al Colegio.
          51.2. En casos de extrema necesidad, el estudiante podrá conservar el teléfono celular en el aula con previo aviso al director de grupo. En caso de incumplimiento de esta norma, le será decomisado tal como se estipuló en el artículo 51.1., previa notificación escrita a los padres de familia.
          51.3. Como requisito para devolver el celular decomisado a los estudiantes de Preescolar o Primaria, los padres deberán firmar una notificación enviada por el director de grupo.
          51.4. En los cursos de Bachillerato, el celular u otro dispositivo electrónico solo podrá ser utilizado como recurso para actividades de la clase, por solicitud y con autorización del profesor, quien supervisará que se cumplan las condiciones de uso que se impartan. A partir de 5° y hasta 11° grado, trabajarán sus procesos de aula con el apoyo de dispositivos electrónicos de acuerdo con los lineamientos propuestos por el plan One to One.
          51.5. El celular u otros dispositivos electrónicos no podrán ser utilizados durante las evaluaciones, so pena de anular la evaluación que esté presentando el estudiante.


          TÍTULO XI
          Vigencia y otros

          Artículo 52°. Las prescripciones reglamentarias sobre la constitución y funcionamiento del Gobierno Escolar, tales como funciones de los diferentes consejos, comisiones y entidades, así como los requisitos para ocupar cargos de representación, se encuentran definidos en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de funciones de los respectivos cargos. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 115 de 1994 y el Decreto reglamentario 1860 de 1994.
          Artículo 53°. Los aspectos relacionados con los profesores y empleados se consignan en el Reglamento interno de trabajo y en el Manual de funciones del Gimnasio Campestre; y los relacionados con los padres de familia, aparecen en el capítulo correspondiente del Proyecto Educativo Institucional.
          Artículo 54°. Todo lo relativo a la organización estudiantil y a la elección del Personero y sus representantes, se prescribe en el Proyecto Educativo Institucional del Gimnasio Campestre.
          Artículo 55°. El presente Manual de Convivencia deroga todos los anteriores y se podrá revisar, actualizar y reformar, cuando las circunstancias así lo ameriten.
          Artículo 56°. El presente Manual de Convivencia del Gimnasio Campestre entra en vigencia a partir de su promulgación.

          Dado en la Rectoría del Gimnasio Campestre, en la ciudad de Bogotá D.C., el día 18 de mayo e 2021.

          ALEJANDRO NOGUERA CEPEDA
          Rector

          MARCELA GÓMEZ CEBALLOS
          Secretaria General